/ viernes 6 de septiembre de 2024

Antena / Propiedad privada: entre lo ideológico y el amago 

Al clima de falta de seguridad jurídica que están causando las reformas al poder judicial y de extinción de órganos autónomos, se sumó esta semana, la publicación de una modificación a la Constitución de la Ciudad de México que cambia el concepto de “propiedad privada” por el de “propiedad” a secas.

Este último cambio ha motivado debate, si bien se manejó como una reforma con un claro discurso ideológico “que la Transformación puesta en marcha a partir de 2018 desempolvó el artículo 27 constitucional para revertir en ciertas ramas el programa neoliberal de privatizaciones…ya que el Poder Judicial puede realizar interpretaciones de nuestras normas locales a favor de grupos económicos más poderosos”, hay que recalcar que la Constitución federal refiere que se pueden imponer restricciones y modalidades a la propiedad privada.

La cuestión es que la Constitución de 1917, dejó de concebir a la propiedad privada como un derecho.

Pero también es cierto, que la Constitución federal apunta que a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos…” De igual forma existen otras disposiciones constitucionales federales que protegen la propiedad privada contra actos arbitrarios de la autoridad.

Sin perder de vista que el gobierno podría emitir decretos expropiatorios por causas de utilidad pública.

Llama la atención que estas reformas se publiquen a fin de sexenio, y cuya única finalidad es ir acotando discursivamente los derechos fundamentales como la legalidad, la propiedad privada, el debido proceso, la libertad de expresión y, que pueden servir de fundamento para ulteriores restricciones.

Pareciera más una reforma que busca generar una “preocupación” en ciertos sectores socioeconómicos, que abonan a un clima de falta de certeza jurídica, que aleja inversiones y afecta aún más la economía nacional. Se deben dar cuenta que, si amagan a alguien con despojarlo de su propiedad, generarían temor, litigios e incluso una reacción violenta.

Una muestra de que es un amago es que existen otras disposiciones de la Constitución de la Ciudad de México que siguen aludiendo a la propiedad privada y no se modificaron, por lo que ni siquiera se trata de una reforma que sea uniforme y que sólo refleja el ánimo de mostrar músculo político y seguir con el discurso del divisionismo (los poderosos y el pueblo).

Ya se verá en los siguientes meses si la hoy llamada “Ciudad de Derechos”, que está dejando de serlo, le siguen denominando igual, o por el cambio de sexenio la denominen “La ciudad de las referencias constitucionales”.

Al clima de falta de seguridad jurídica que están causando las reformas al poder judicial y de extinción de órganos autónomos, se sumó esta semana, la publicación de una modificación a la Constitución de la Ciudad de México que cambia el concepto de “propiedad privada” por el de “propiedad” a secas.

Este último cambio ha motivado debate, si bien se manejó como una reforma con un claro discurso ideológico “que la Transformación puesta en marcha a partir de 2018 desempolvó el artículo 27 constitucional para revertir en ciertas ramas el programa neoliberal de privatizaciones…ya que el Poder Judicial puede realizar interpretaciones de nuestras normas locales a favor de grupos económicos más poderosos”, hay que recalcar que la Constitución federal refiere que se pueden imponer restricciones y modalidades a la propiedad privada.

La cuestión es que la Constitución de 1917, dejó de concebir a la propiedad privada como un derecho.

Pero también es cierto, que la Constitución federal apunta que a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos…” De igual forma existen otras disposiciones constitucionales federales que protegen la propiedad privada contra actos arbitrarios de la autoridad.

Sin perder de vista que el gobierno podría emitir decretos expropiatorios por causas de utilidad pública.

Llama la atención que estas reformas se publiquen a fin de sexenio, y cuya única finalidad es ir acotando discursivamente los derechos fundamentales como la legalidad, la propiedad privada, el debido proceso, la libertad de expresión y, que pueden servir de fundamento para ulteriores restricciones.

Pareciera más una reforma que busca generar una “preocupación” en ciertos sectores socioeconómicos, que abonan a un clima de falta de certeza jurídica, que aleja inversiones y afecta aún más la economía nacional. Se deben dar cuenta que, si amagan a alguien con despojarlo de su propiedad, generarían temor, litigios e incluso una reacción violenta.

Una muestra de que es un amago es que existen otras disposiciones de la Constitución de la Ciudad de México que siguen aludiendo a la propiedad privada y no se modificaron, por lo que ni siquiera se trata de una reforma que sea uniforme y que sólo refleja el ánimo de mostrar músculo político y seguir con el discurso del divisionismo (los poderosos y el pueblo).

Ya se verá en los siguientes meses si la hoy llamada “Ciudad de Derechos”, que está dejando de serlo, le siguen denominando igual, o por el cambio de sexenio la denominen “La ciudad de las referencias constitucionales”.