/ viernes 23 de agosto de 2024

El Espectador / La 4T quiere reclamar más de 156 mmdp a las aseguradoras

Imagíne que usted tiene un automóvil y adquiere un seguro para protegerlo contra accidentes, vale la pena señalar que la prima del paquete, que usted pagó, incluye el pago del IVA, que la compañía de seguros le entrega íntegro al SAT. Algún paisano le da un golpe a su vehículo y el taller donde fue reparado le cobra a la aseguradora digamos 50 mil pesos y a usted, que ya pagó el seguro y el deducible, ahora debe pagar, además, el Impuesto al Valor Agregado Generado en la reparación. ¿Por qué? Porque el Servicio de Administración Tributaria quiere que —contra toda la lógica y a contracorriente del resto del mundo— el IVA que se paga en reparaciones y en servicios hospitalarios como resarcimiento del daño ya no lo puedan acreditar las compañías. Y si la propuesta del SAT tuviera éxito ese IVA ya no podría acreditarlo la aseguradora y por lo tanto lo tendría que pagar usted, lo que generaría sin duda miles de quejas de los que pagamos seguros.

Este cambio en el criterio de acreditación del IVA para las aseguradoras se empezó a gestar al inicio de este gobierno y, lo que es más, el SAT decidió hacer una reclamación retroactiva, lo cual no es congruente con los principios jurídicos, porque además no ha habido ningún cambio a la ley, es sólo que en su afán recaudatorio los responsables de los impuestos vieron en este tema una posible fuente de ingresos.

Pero no crea que es cualquier pago. De acuerdo con los estudios de los actuarios, si este criterio nuevo se aplica retroactivamente, las aseguradoras mexicanas deberían pagar una cantidad cercana a los 156 mil millones de pesos lo que, desde luego, pondría al borde la quiebra a 49 empresas de seguros y a otras 25 las llevaría directamente a su desaparición.

Lo insólito de esta pretensión del SAT es que, de ser así, los recursos de que las aseguradoras podrían echar mano son los activos que cubren su capital requerido por la ley. Dicho capital y las reservas para cumplir con las obligaciones de sus asegurados, están invertidas nada menos que en instrumentos del gobierno federal. O sea, por un lado, el SAT sacaría recursos y por el otro, la hacienda pública tendría un descalabro muy importante. Crearían una crisis donde no la hay.

Quizás por eso es que el presidente de la República, aunque convencido de que el SAT hizo bien en cambiar el criterio sin haber hecho modificaciones a leyes o reglamentos, se da cuenta del problemón en que pondría a este sector económico y por eso habla de “negociar” una cantidad.

Lo cierto, sin embargo, es que el tema está en manos del poder judicial pues el Tribunal Federal de Justicia Administrativa está analizando el tema desde hace meses. Y aunque aún no da una resolución, los aseguradores confían en que les asiste la razón, no sólo porque no se ha cambiado la ley en la materia, porque la retroactividad que perjudique a cualquier actor estaría violando un principio jurídico fundamental, porque de acuerdo con los términos de la Ley vigente desde 1980 siempre han cumplido sus obligaciones fiscales y porque si el tema está en tribunales, lo correcto es dejar que el litigio siga su curso.

En todo caso, de tomarse acciones unilaterales por parte del gobierno, las afectaciones se extenderían más allá de lo señalado, al desaparecer aseguradoras, es evidente que los perjudicados serían los usuarios al tener menos opciones y desde luego con primas más altas.

Además, como lo señala el propio Colegio Nacional de Actuarios, “la suspensión de operaciones o liquidación de una compañía de seguros implica efectos sobre la población de personas aseguradas, aun cuando el efecto provenga de otros tipos de seguros ajenos a los que ellas tienen, siendo especialmente graves los casos de seguros de gastos médicos mayores, pues la suspensión de operaciones por faltante de capital, o liquidación, implica dejar de pagar siniestros de enfermedades o accidentes en curso de pago y dejar sin seguro de por vida a personas, que por su edad, no pueden ser sujetos de contratar un seguro con otra aseguradora, o la suspensión de coberturas obligatorias en casos específicos como aviación, marítimo o automóviles”.

Pero aún más, si usted tiene un seguro de vida con una empresa que además ofrece seguros de gastos médicos, seguros de autos y de daños, es probable que dicha empresa se vaya a la quiebra, no pudiendo honrar sus obligaciones con usted. Entre más asegurados, más crece la bolsa de dinero que da certeza a los usuarios y más bajan los costos de los seguros.

Imagíne que usted tiene un automóvil y adquiere un seguro para protegerlo contra accidentes, vale la pena señalar que la prima del paquete, que usted pagó, incluye el pago del IVA, que la compañía de seguros le entrega íntegro al SAT. Algún paisano le da un golpe a su vehículo y el taller donde fue reparado le cobra a la aseguradora digamos 50 mil pesos y a usted, que ya pagó el seguro y el deducible, ahora debe pagar, además, el Impuesto al Valor Agregado Generado en la reparación. ¿Por qué? Porque el Servicio de Administración Tributaria quiere que —contra toda la lógica y a contracorriente del resto del mundo— el IVA que se paga en reparaciones y en servicios hospitalarios como resarcimiento del daño ya no lo puedan acreditar las compañías. Y si la propuesta del SAT tuviera éxito ese IVA ya no podría acreditarlo la aseguradora y por lo tanto lo tendría que pagar usted, lo que generaría sin duda miles de quejas de los que pagamos seguros.

Este cambio en el criterio de acreditación del IVA para las aseguradoras se empezó a gestar al inicio de este gobierno y, lo que es más, el SAT decidió hacer una reclamación retroactiva, lo cual no es congruente con los principios jurídicos, porque además no ha habido ningún cambio a la ley, es sólo que en su afán recaudatorio los responsables de los impuestos vieron en este tema una posible fuente de ingresos.

Pero no crea que es cualquier pago. De acuerdo con los estudios de los actuarios, si este criterio nuevo se aplica retroactivamente, las aseguradoras mexicanas deberían pagar una cantidad cercana a los 156 mil millones de pesos lo que, desde luego, pondría al borde la quiebra a 49 empresas de seguros y a otras 25 las llevaría directamente a su desaparición.

Lo insólito de esta pretensión del SAT es que, de ser así, los recursos de que las aseguradoras podrían echar mano son los activos que cubren su capital requerido por la ley. Dicho capital y las reservas para cumplir con las obligaciones de sus asegurados, están invertidas nada menos que en instrumentos del gobierno federal. O sea, por un lado, el SAT sacaría recursos y por el otro, la hacienda pública tendría un descalabro muy importante. Crearían una crisis donde no la hay.

Quizás por eso es que el presidente de la República, aunque convencido de que el SAT hizo bien en cambiar el criterio sin haber hecho modificaciones a leyes o reglamentos, se da cuenta del problemón en que pondría a este sector económico y por eso habla de “negociar” una cantidad.

Lo cierto, sin embargo, es que el tema está en manos del poder judicial pues el Tribunal Federal de Justicia Administrativa está analizando el tema desde hace meses. Y aunque aún no da una resolución, los aseguradores confían en que les asiste la razón, no sólo porque no se ha cambiado la ley en la materia, porque la retroactividad que perjudique a cualquier actor estaría violando un principio jurídico fundamental, porque de acuerdo con los términos de la Ley vigente desde 1980 siempre han cumplido sus obligaciones fiscales y porque si el tema está en tribunales, lo correcto es dejar que el litigio siga su curso.

En todo caso, de tomarse acciones unilaterales por parte del gobierno, las afectaciones se extenderían más allá de lo señalado, al desaparecer aseguradoras, es evidente que los perjudicados serían los usuarios al tener menos opciones y desde luego con primas más altas.

Además, como lo señala el propio Colegio Nacional de Actuarios, “la suspensión de operaciones o liquidación de una compañía de seguros implica efectos sobre la población de personas aseguradas, aun cuando el efecto provenga de otros tipos de seguros ajenos a los que ellas tienen, siendo especialmente graves los casos de seguros de gastos médicos mayores, pues la suspensión de operaciones por faltante de capital, o liquidación, implica dejar de pagar siniestros de enfermedades o accidentes en curso de pago y dejar sin seguro de por vida a personas, que por su edad, no pueden ser sujetos de contratar un seguro con otra aseguradora, o la suspensión de coberturas obligatorias en casos específicos como aviación, marítimo o automóviles”.

Pero aún más, si usted tiene un seguro de vida con una empresa que además ofrece seguros de gastos médicos, seguros de autos y de daños, es probable que dicha empresa se vaya a la quiebra, no pudiendo honrar sus obligaciones con usted. Entre más asegurados, más crece la bolsa de dinero que da certeza a los usuarios y más bajan los costos de los seguros.