/ lunes 9 de diciembre de 2019

El eterno problema de la configuración legal

De acuerdo con ONU Mujeres, la presencia de las mujeres en los parlamentos se ha incrementado a nivel mundial, de 11.3% en 1995 a 24.3% en febrero de 2019[1] y, actualmente, México ocupa el 4° lugar mundial en participación de mujeres en las Cámaras Bajas, con el 48.2% de diputadas. No obstante, aún existen áreas dentro de los espacios políticos y de gobierno en dónde las mujeres se encuentran subrepresentadas.

El caso de las Gubernaturas es uno de los más evidentes; pues desde que los derechos políticos de las mujeres fueron reconocidos en 1953 y hasta las pasadas elecciones locales de 2019, sólo 9 mujeres han sido titulares de los Ejecutivos Locales. Esta escaza presencia femenina se repite en las instituciones del Poder Judicial y los Organismos Autónomos, en donde muy pocas mujeres ocupan cargos de dirección, lo que resulta preocupante si tomamos en cuenta que el Padrón Electoral cuenta con un 51.82% de mujeres. Es decir, las problemáticas, necesidades y demandas de más de la mitad de la población no están suficientemente representadas en los espacios públicos.

Frente a ello, el pasado 6 de junio se publicó en el DOF una reforma Constitucional conocida como “Paridad en todo”, en la que se estableció que la paridad de género es un principio transversal del Estado y debe observarse, entre otros, en la integración de las Secretarías de Estado y sus equivalentes en las entidades federativas, en los Organismos Autónomos, en los poderes Legislativo y Judicial, y en los gobiernos municipales. Para ello, se dispuso en los transitorios que los congresos federal y locales deberían realizar las adecuaciones normativas correspondientes.

Recientemente, en Nuevo León, fue posible constatar la falta de voluntad política para cumplir con dicha reforma: el Gobernador propuso al Congreso que la titularidad de la Contraloría y Transparencia Gubernamental fuera ocupada por un hombre, propuesta que fue aprobada. En consecuencia, varias diputadas manifestaron su inconformidad porque de acuerdo con la Reforma “paridad en todo”, debió ser designada una mujer. Este hecho es significativo porque en el gabinete del gobernador sólo hay una mujer.

Ante las demandas de las Diputadas, el gobierno del estado argumentó que la paridad de género en la integración del gabinete “no se puede tomar en cuenta” dado que el Legislativo no ha fijado la reglamentación secundaria que establezca las condiciones y lineamientos para su implementación.

No es la primera vez que la falta de configuración legal es usada como pretexto para dejar de atender disposiciones constitucionales. Cuando la Reforma política de 2012 estableció que la ciudadanía podía participar en los procesos electorales a través de candidaturas independientes, también señaló la obligación de los Congresos federal y locales de expedir y adecuar la normativa correspondiente.

No obstante, hubo entidades que no lo hicieron, incluido Nuevo León, por lo que la Sala Superior del TEPJF emitió una sentencia[2] en la que ordenó al Congreso legislar en la materia, pues al no hacerlo, transgredía el derecho de la ciudadanía a ser votada a través de la vía independiente. Incluso, el entonces Magistrado Presidente del TEPJF señaló que la omisión legislativa no podía ser pretexto o justificación para no registrar una candidatura independiente, ya que el derecho a ser votado por esa vía estaba previsto en la Constitución[3].

En ese caso sí era necesaria la emisión de reglas específicas para la implementación de las candidaturas independientes, aun así, se razonó que la omisión legislativa no podía ser una justificación para que el mandato constitucional no se cumpliera. Respecto a lo que ocurre en el estado neoleonés, se debe tener presente que la paridad es un principio que debe regir el actuar de las autoridades del Estado, específicamente para la integración de los gabinetes, además de que su observancia es sencilla si se tiene la voluntad, pues basta con observar un criterio cuantitativo igualitario entre hombres y mujeres.

Sin embargo, el camino de las mujeres a los puestos de toma de decisión sigue siendo sinuoso y requiere de la intervención de las autoridades jurisdiccionales, por eso, un grupo de mujeres interpuso un amparo con el que buscan revertir la designación del titular de la Contraloría.

Entre las mujeres que han defendido el derecho de otras a participar en los asuntos públicos se suele decir que todo se ha logrado a “golpe de sentencias”, parece que aún estamos lejos de que eso cambie. Lo que sucede en Nuevo León es muestra de la lucha que enfrentan las mujeres para acceder a cargos de toma de decisiones, pero es indispensable que en esta lucha todos y todas hagamos nuestra parte para erradicar la excusa de que, ante la ausencia de una legislación que regule la paridad en el gabinete de los Ejecutivos no se tiene la obligación de designar mujeres en estos cargos, por su puesto, me refiero particularmente a las y los legisladores.


[1] https://www.unwomen.org/es/what-we-do/leadership-and-political-participation/facts-and-figures

[2] SUP-JDC-247/2014

[3] http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/24546-indispensable-fortalecer-candidaturas-independientes-coinciden-senadores-y-especialistas.html

De acuerdo con ONU Mujeres, la presencia de las mujeres en los parlamentos se ha incrementado a nivel mundial, de 11.3% en 1995 a 24.3% en febrero de 2019[1] y, actualmente, México ocupa el 4° lugar mundial en participación de mujeres en las Cámaras Bajas, con el 48.2% de diputadas. No obstante, aún existen áreas dentro de los espacios políticos y de gobierno en dónde las mujeres se encuentran subrepresentadas.

El caso de las Gubernaturas es uno de los más evidentes; pues desde que los derechos políticos de las mujeres fueron reconocidos en 1953 y hasta las pasadas elecciones locales de 2019, sólo 9 mujeres han sido titulares de los Ejecutivos Locales. Esta escaza presencia femenina se repite en las instituciones del Poder Judicial y los Organismos Autónomos, en donde muy pocas mujeres ocupan cargos de dirección, lo que resulta preocupante si tomamos en cuenta que el Padrón Electoral cuenta con un 51.82% de mujeres. Es decir, las problemáticas, necesidades y demandas de más de la mitad de la población no están suficientemente representadas en los espacios públicos.

Frente a ello, el pasado 6 de junio se publicó en el DOF una reforma Constitucional conocida como “Paridad en todo”, en la que se estableció que la paridad de género es un principio transversal del Estado y debe observarse, entre otros, en la integración de las Secretarías de Estado y sus equivalentes en las entidades federativas, en los Organismos Autónomos, en los poderes Legislativo y Judicial, y en los gobiernos municipales. Para ello, se dispuso en los transitorios que los congresos federal y locales deberían realizar las adecuaciones normativas correspondientes.

Recientemente, en Nuevo León, fue posible constatar la falta de voluntad política para cumplir con dicha reforma: el Gobernador propuso al Congreso que la titularidad de la Contraloría y Transparencia Gubernamental fuera ocupada por un hombre, propuesta que fue aprobada. En consecuencia, varias diputadas manifestaron su inconformidad porque de acuerdo con la Reforma “paridad en todo”, debió ser designada una mujer. Este hecho es significativo porque en el gabinete del gobernador sólo hay una mujer.

Ante las demandas de las Diputadas, el gobierno del estado argumentó que la paridad de género en la integración del gabinete “no se puede tomar en cuenta” dado que el Legislativo no ha fijado la reglamentación secundaria que establezca las condiciones y lineamientos para su implementación.

No es la primera vez que la falta de configuración legal es usada como pretexto para dejar de atender disposiciones constitucionales. Cuando la Reforma política de 2012 estableció que la ciudadanía podía participar en los procesos electorales a través de candidaturas independientes, también señaló la obligación de los Congresos federal y locales de expedir y adecuar la normativa correspondiente.

No obstante, hubo entidades que no lo hicieron, incluido Nuevo León, por lo que la Sala Superior del TEPJF emitió una sentencia[2] en la que ordenó al Congreso legislar en la materia, pues al no hacerlo, transgredía el derecho de la ciudadanía a ser votada a través de la vía independiente. Incluso, el entonces Magistrado Presidente del TEPJF señaló que la omisión legislativa no podía ser pretexto o justificación para no registrar una candidatura independiente, ya que el derecho a ser votado por esa vía estaba previsto en la Constitución[3].

En ese caso sí era necesaria la emisión de reglas específicas para la implementación de las candidaturas independientes, aun así, se razonó que la omisión legislativa no podía ser una justificación para que el mandato constitucional no se cumpliera. Respecto a lo que ocurre en el estado neoleonés, se debe tener presente que la paridad es un principio que debe regir el actuar de las autoridades del Estado, específicamente para la integración de los gabinetes, además de que su observancia es sencilla si se tiene la voluntad, pues basta con observar un criterio cuantitativo igualitario entre hombres y mujeres.

Sin embargo, el camino de las mujeres a los puestos de toma de decisión sigue siendo sinuoso y requiere de la intervención de las autoridades jurisdiccionales, por eso, un grupo de mujeres interpuso un amparo con el que buscan revertir la designación del titular de la Contraloría.

Entre las mujeres que han defendido el derecho de otras a participar en los asuntos públicos se suele decir que todo se ha logrado a “golpe de sentencias”, parece que aún estamos lejos de que eso cambie. Lo que sucede en Nuevo León es muestra de la lucha que enfrentan las mujeres para acceder a cargos de toma de decisiones, pero es indispensable que en esta lucha todos y todas hagamos nuestra parte para erradicar la excusa de que, ante la ausencia de una legislación que regule la paridad en el gabinete de los Ejecutivos no se tiene la obligación de designar mujeres en estos cargos, por su puesto, me refiero particularmente a las y los legisladores.


[1] https://www.unwomen.org/es/what-we-do/leadership-and-political-participation/facts-and-figures

[2] SUP-JDC-247/2014

[3] http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/24546-indispensable-fortalecer-candidaturas-independientes-coinciden-senadores-y-especialistas.html