/ miércoles 14 de agosto de 2024

El procedimiento de protección de datos personales en posesión de particulares

@JosefinaRománV


Inscribirse a un gimnasio; a los hijos en la escuela. Contratar servicios de telefonía o de internet; ir al médico a consulta, cotizar un seguro de vida. Comprar boletos de transporte para un viaje. Son contadas las interacciones en nuestro devenir diario que no implican el tratamiento de datos personales por cuenta de particulares.

De tal suerte que la autodeterminación informativa resulta trascendental con objeto de decidir, de forma libre e informada, sobre el uso o divulgación de tus datos personales.

Si derivado de dichas relaciones, los particulares (sean personas físicas o morales), realizan una obtención o tratamiento indebido de tus datos personales, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento, establecen los procedimientos por los que se materializa tu derecho a su protección, y el INAI es el encargado de conocerlos y resolverlos.

Esto es, puede acontecer que tus datos personales sean tratados sin tu consentimiento o que, previo a su tratamiento, no hubieran puesto a tu disposición el aviso de privacidad respectivo; que los posea una persona ajena a quien se le entregaron; que no se traten conforme a las finalidades establecidas o que estas no sean proporcionales para dichas finalidades.

También se da el caso de que, quien trata datos personales, puede sufrir una vulneración o ataque cibernético a sus bases de datos. En tal situación debe acreditar que cuenta con todas las medidas de seguridad, físicas, técnicas y administrativas.

Para hacer valer tu derecho humano a la protección de tus datos personales resulta indispensable presentar la denuncia respectiva ante el Instituto, ya sea por correo electrónico o de manera personal, para que se inicie la etapa de investigación.

En ésta, las partes aportan los elementos (documentos) que estimen pertinentes y que permitan al Instituto determinar, en un plazo máximo de noventa días hábiles, si existe, o no, una probable responsabilidad de quien se denuncia.

Si durante el procedimiento de investigación se presume que la persona denunciada realizó un trato indebido de tus datos personales, se inicia un procedimiento diverso: el de Verificación.

En éste, el INAI verifica que el tratamiento de tus datos personales sea acorde a los deberes y principios que se establecen en la ley y su reglamento.

Para ello, en esta etapa las partes también pueden realizar manifestaciones y pueden seguir aportando las pruebas que estimen necesarias.

Si el tratamiento de tus datos no cumple con lo que establece la ley de la materia, en la resolución que se emita se exponen claramente las razones y los fundamentos legales que apliquen, y se determina la responsabilidad de la persona que realizó el trato indebido de datos personales, misma que puede culminar, mediante procedimiento diverso, en sanción económica.

La protección de este importante derecho humano, mediante un órgano imparcial y especializado, no es una casualidad caprichosa. Es el resultado de uno de los más importantes logros ciudadanos en la historia de este país.

La valía del INAI, que es de todas y de todos, tampoco es un mero discurso público, sino realidad derivada de las funciones constitucionales y legales que desempeña y tiene encomendadas, en beneficio de una sociedad entera.

@JosefinaRománV


Inscribirse a un gimnasio; a los hijos en la escuela. Contratar servicios de telefonía o de internet; ir al médico a consulta, cotizar un seguro de vida. Comprar boletos de transporte para un viaje. Son contadas las interacciones en nuestro devenir diario que no implican el tratamiento de datos personales por cuenta de particulares.

De tal suerte que la autodeterminación informativa resulta trascendental con objeto de decidir, de forma libre e informada, sobre el uso o divulgación de tus datos personales.

Si derivado de dichas relaciones, los particulares (sean personas físicas o morales), realizan una obtención o tratamiento indebido de tus datos personales, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento, establecen los procedimientos por los que se materializa tu derecho a su protección, y el INAI es el encargado de conocerlos y resolverlos.

Esto es, puede acontecer que tus datos personales sean tratados sin tu consentimiento o que, previo a su tratamiento, no hubieran puesto a tu disposición el aviso de privacidad respectivo; que los posea una persona ajena a quien se le entregaron; que no se traten conforme a las finalidades establecidas o que estas no sean proporcionales para dichas finalidades.

También se da el caso de que, quien trata datos personales, puede sufrir una vulneración o ataque cibernético a sus bases de datos. En tal situación debe acreditar que cuenta con todas las medidas de seguridad, físicas, técnicas y administrativas.

Para hacer valer tu derecho humano a la protección de tus datos personales resulta indispensable presentar la denuncia respectiva ante el Instituto, ya sea por correo electrónico o de manera personal, para que se inicie la etapa de investigación.

En ésta, las partes aportan los elementos (documentos) que estimen pertinentes y que permitan al Instituto determinar, en un plazo máximo de noventa días hábiles, si existe, o no, una probable responsabilidad de quien se denuncia.

Si durante el procedimiento de investigación se presume que la persona denunciada realizó un trato indebido de tus datos personales, se inicia un procedimiento diverso: el de Verificación.

En éste, el INAI verifica que el tratamiento de tus datos personales sea acorde a los deberes y principios que se establecen en la ley y su reglamento.

Para ello, en esta etapa las partes también pueden realizar manifestaciones y pueden seguir aportando las pruebas que estimen necesarias.

Si el tratamiento de tus datos no cumple con lo que establece la ley de la materia, en la resolución que se emita se exponen claramente las razones y los fundamentos legales que apliquen, y se determina la responsabilidad de la persona que realizó el trato indebido de datos personales, misma que puede culminar, mediante procedimiento diverso, en sanción económica.

La protección de este importante derecho humano, mediante un órgano imparcial y especializado, no es una casualidad caprichosa. Es el resultado de uno de los más importantes logros ciudadanos en la historia de este país.

La valía del INAI, que es de todas y de todos, tampoco es un mero discurso público, sino realidad derivada de las funciones constitucionales y legales que desempeña y tiene encomendadas, en beneficio de una sociedad entera.