/ sábado 21 de septiembre de 2024

Guardia Nacional ¿Civil o militar?

El plan C que se propuso Morena avanza de forma acelerada y una vez aprobada la reforma al Poder Judicial, el Senado se alista a avalar la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, que busca reformar y adicionar 12 artículos de la Constitución para que la Guardia Nacional pase a la Secretaría de la Defensa Nacional y pueda realizar tareas de seguridad pública de forma permanente.

A diferencia del año pasado, tras las elecciones de julio, la mayoría de Morena y sus aliados del PT y el PVEM, ahora sí tienen la mayoría calificada en ambas Cámaras para modificar la Constitución, e imponer un modelo militar para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

Muestra de lo anterior es que, en la Cámara de Diputados no hubo problema para avalar la propuesta, e incluso durante la discusión en lo particular del dictamen, se admitió una reserva para subrayar el carácter militar de la corporación y excluir de ésta al “personal de la Secretaría de Marina”.

Otro aspecto destacado del proyecto, que reforma los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Carta Magna, es que define a la Guardia Nacional “como fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente, de origen y formación castrense, con formación policial para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública”.

También impide servir en la Guardia Nacional, hasta seis meses antes de la elección correspondiente, a quienes aspiren a un cargo al Congreso de la Unión.

El dictamen, además de la definición y función para la Guardia Nacional, estipula que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de quien esté en el ejercicio de esta función.

Asimismo, indica que el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

Incluye, facultar al Poder Legislativo para expedir las disposiciones secundarias que proporcionen un pilar normativo y certeza jurídica, la participación auxiliar del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada nacionales en labores de seguridad ciudadana.

Precisa que la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional debe ostentar el grado de general de División de la Guardia Nacional en activo, y será designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la Sedena.

“En tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con la mencionada jerarquía, dicha designación recaerá en un general de División del Ejército, capacitado en materia de seguridad pública”.

Obligará a los miembros de la Guardia sólo para fines disciplinarios al fuero militar.

La intención de López Obrador no es nueva, ya lo había intentado en 2022, pero recordemos que la Suprema Corte echó para atrás los cambios que se habían hecho a leyes secundarias para este fin.

En 2023 invalidó la reforma que transfirió el control de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, pero como ésta no prosperó el control operativo y administrativo de la corporación continuó bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), pero su estructura siguió siendo militar.

Así que, como podemos darnos cuenta, el presidente cerrará su administración cumpliendo la mayoría de sus promesas de campaña y con dos grandes regalos por parte del Congreso: la reforma al Poder Judicial y la adscripción de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Ahora la pregunta es: ¿la Guardia Nacional es civil o militar? Usted qué opina.


El plan C que se propuso Morena avanza de forma acelerada y una vez aprobada la reforma al Poder Judicial, el Senado se alista a avalar la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, que busca reformar y adicionar 12 artículos de la Constitución para que la Guardia Nacional pase a la Secretaría de la Defensa Nacional y pueda realizar tareas de seguridad pública de forma permanente.

A diferencia del año pasado, tras las elecciones de julio, la mayoría de Morena y sus aliados del PT y el PVEM, ahora sí tienen la mayoría calificada en ambas Cámaras para modificar la Constitución, e imponer un modelo militar para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

Muestra de lo anterior es que, en la Cámara de Diputados no hubo problema para avalar la propuesta, e incluso durante la discusión en lo particular del dictamen, se admitió una reserva para subrayar el carácter militar de la corporación y excluir de ésta al “personal de la Secretaría de Marina”.

Otro aspecto destacado del proyecto, que reforma los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Carta Magna, es que define a la Guardia Nacional “como fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente, de origen y formación castrense, con formación policial para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública”.

También impide servir en la Guardia Nacional, hasta seis meses antes de la elección correspondiente, a quienes aspiren a un cargo al Congreso de la Unión.

El dictamen, además de la definición y función para la Guardia Nacional, estipula que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de quien esté en el ejercicio de esta función.

Asimismo, indica que el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

Incluye, facultar al Poder Legislativo para expedir las disposiciones secundarias que proporcionen un pilar normativo y certeza jurídica, la participación auxiliar del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada nacionales en labores de seguridad ciudadana.

Precisa que la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional debe ostentar el grado de general de División de la Guardia Nacional en activo, y será designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la Sedena.

“En tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con la mencionada jerarquía, dicha designación recaerá en un general de División del Ejército, capacitado en materia de seguridad pública”.

Obligará a los miembros de la Guardia sólo para fines disciplinarios al fuero militar.

La intención de López Obrador no es nueva, ya lo había intentado en 2022, pero recordemos que la Suprema Corte echó para atrás los cambios que se habían hecho a leyes secundarias para este fin.

En 2023 invalidó la reforma que transfirió el control de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, pero como ésta no prosperó el control operativo y administrativo de la corporación continuó bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), pero su estructura siguió siendo militar.

Así que, como podemos darnos cuenta, el presidente cerrará su administración cumpliendo la mayoría de sus promesas de campaña y con dos grandes regalos por parte del Congreso: la reforma al Poder Judicial y la adscripción de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Ahora la pregunta es: ¿la Guardia Nacional es civil o militar? Usted qué opina.