/ lunes 17 de febrero de 2020

Nuevas designaciones

En abril de este año concluirán sus labores como Consejeros Electorales: Enrique Andrade González, Marco Antonio Baños Martínez, Benito Nacif Hernández y la Consejera Electoral Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, por ello, el pasado 13 de febrero la Cámara de Diputados emitió la convocatoria para el proceso de elección de dichas consejerías.

Con la creación del Instituto en 2014, se determinó que el Consejo General estaría integrado por un o una Consejera que lo presidiría y 10 Consejerías cada una por un periodo de 9 años, pero con la finalidad de asegurar la renovación escalonada de los integrantes de este colegiado, se estableció[1] que, por única ocasión, 3 Consejeros o Consejeras Electorales (CE) durarían en su encargo tres años; 4 CE permanecerían seis años; y los 3 restantes por nueve años, al igual que la o el Consejero Presidente. La renovación escalonada es un buen método para asegurar la continuidad en términos del conocimiento técnico especializado y, al mismo tiempo, la inclusión de nuevas visiones.

En 2017 se presentó el primer relevo dentro del CG, al igual que hace casi tres años, ahora deberemos dar seguimiento al procedimiento para llevar a cabo las designaciones correspondientes de acuerdo a lo que establece el artículo 41 constitucional, que dispone que la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados (JUCOPO) deberá convocar a un Comité Técnico de Evaluación encargado de establecer los métodos de evaluación y selección, el cual se integrará por 3 personas seleccionadas por la misma JUCOPO, 2 por la CNDH y 2 más por el INAI. Todas ellas deberán contar con los conocimientos y la experiencia necesarios que les permitan evaluar de manera integral a las y los aspirantes a Consejeros y Consejeras Electorales.

En el anterior procedimiento de designación, el Comité Técnico estableció tres etapas para el proceso de valoración, en las que se calificaron: la trayectoria académica y profesional del aspirante a través de la evaluación curricular; su perspectiva general del sistema electoral y del INE mediante una entrevista, un ensayo y sus publicaciones; y, por primera vez, los conocimientos técnicos en materia electoral fueron evaluados con un examen. La implementación de una prueba de este tipo, en un sentido logístico, facilitó la depuración de candidatos y candidatas, ya que en esa ocasión se inscribieron 152 personas, de las cuales fueron seleccionadas 51 semifinalistas. Por otro lado, su mayor virtud, consistió en que permitió garantizar que las y los candidatos a ocupar una Consejería Electoral contaran con el conocimiento técnico mínimo en la materia.

Para el proceso de selección de CE de este año, el Legislativo incluyó la evaluación de conocimientos en materia constitucional, gubernamental y electoral, con lo que se favorecerá la integración de personal altamente capacitado, cosa que cobra mayor relevancia frente al inicio de los procesos electorales federal y locales 2020-2021. Por ello, la aplicación de un examen de conocimientos, aunque no es una prueba infalible, constituye un elemento objetivo para evaluar a las personas aspirantes. Es importante mencionar que los criterios de evaluación propuestos por este Comité serán publicados a más tardar el 9 de marzo, de acuerdo con el calendario incluido en la convocatoria aprobada por la Cámara Baja.

Así, a partir de los resultados y el análisis de las pruebas y la documentación, el Comité Técnico conformará las quintetas, una para cada una de las cuatro vacantes, y se seleccionará a una persona por cada grupo, quien deberá contar con la aprobación de dos terceras partes de la Cámara. Vale la pena mencionar que llegar a esta votación implica un proceso en el que los consensos entre las distintas fuerzas políticas son fundamentales, sin embargo, la función técnica del Comité se presenta como el principal instrumento para seleccionar perfiles idóneos para el encargo constitucional.

Una vez concluidas las etapas de pruebas y valoración, el Legislativo deberá votar las 4 propuestas enviadas por la JUCOPO el próximo 31 de marzo. No podemos dejar de reconocer que la selección y designación de quienes conforman el CG del INE es un tema fundamental para garantizar procesos electorales certeros y confiables, ya que una de las principales cualidades del Instituto ha sido la capacidad técnica y operativa tanto del personal que lo conforma, pero también de quienes dirigen las tareas institucionales.

Al tratarse de una institución que regula los procesos electorales y el proceder de los partidos y actores políticos, es imposible negar el interés y la carga política que esta designación conlleva, pero por esta misma razón resulta indispensable que los métodos de evaluación sean transparentes y abiertos y, sobre todo, que permitan conocer los perfiles de los aspirantes, para constatar que cuenten con los conocimientos, experiencia e imparcialidad necesarios para fortalecer nuestro sistema electoral y con ello nuestra democracia.


[1] Artículo transitorio Quinto de la Reforma Electoral de 2014.