/ lunes 26 de julio de 2021

Pesadilla aduanera

IMCO IMCO

Manuel Guadarrama

Una vez más, el presidente hizo uso de la facultad para emitir normas administrativas. En esta ocasión, se emitió un decreto por el que se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANA) como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Aunque esto parece que no llevaría a un mayor cambio, el decreto del Ejecutivo federal tiene implicaciones políticas, económicas y jurídicas. Sin embargo, no parece resolver la pesadilla de los trámites aduaneros.

Actualmente, las funciones relativas a la entrada de mercancías al territorio nacional o la salida de los mismos son facultades de las autoridades aduaneras. Éstas ejercen sus atribuciones en forma coordinada y en colaboración con las autoridades de la Administración Pública Federal, de los estados y municipios. De forma específica, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la SHCP tiene la atribución de dirigir los servicios aduanales y de inspección. De llevarse a cabo la creación de ANA, el SAT perdería las atribuciones en materia aduanal.

La justificación empleada en el decreto alude a 1) mejorar la eficacia en la atención aduanal, 2) optimizar la eficiencia administrativa y 3) fortalecer la seguridad nacional. A pesar de que el propio presidente critica la existencia de diversos órganos y agencias desconcentradas, descentralizadas, especializadas y técnicas, la ANA ensancha el aparato burocrático mexicano. Otra de las consideraciones del decreto que llaman la atención es que preferentemente se deberá contratar personal que pertenece o haya pertenecido a las fuerzas armadas. En términos prácticos, consistente con la política de militarizar al país.

Independientemente de la conveniencia o no de otorgar mayores funciones a los militares, los problemas jurídicos que presenta el decreto son diversos. Gobernar por decreto puede tener sus ventajas. Le da mayor dinamismo y capacidad de respuesta al Ejecutivo federal, sin embargo, se corre el riesgo de que sea ilegal o inconstitucional. El instrumento jurídico del “decreto” no es el idóneo para llevar a cabo la creación de un órgano desconcentrado. Sobre todo si las atribuciones fiscales y aduanales ya están reguladas en las leyes vigentes. Además, no sobra decirlo, la constitución, los tratados internacionales y las leyes están jerárquicamente por arriba de un decreto administrativo.

A pesar de que el decreto “crea la ANA” está en veremos. El primer artículo transitorio señala que el decreto entrará en vigor en la fecha en la que inicie la vigencia de las reformas legales que otorguen la competencia que actualmente tiene el SAT. Esto tiene dos implicaciones; por un lado, reconoce la existencia y jerarquía de las leyes, pero por el otro, ordena implícitamente a los legisladores (senadores y diputados federales) a reformar dichas leyes. De forma coloquial, se está ordenando qué y cómo legislar. La división de poderes una ficción.

Tampoco queda claro en sus disposiciones cómo mejorará la eficacia y eficiencia en la atención de servicios aduanales y de inspección. Por el contrario, la fragmentación de funciones aduanales con la ANA y fiscales con el SAT genera el riesgo de falta de coordinación. El actual aparato aduanero no es menor, de acuerdo con el SAT, en el país hay 49 aduanas, 19 en la frontera norte, 2 en frontera sur, 17 marítimas y 11 interiores. Si antes era una pesadilla importar o exportar bienes, esperemos que con su nueva administración, militarización y política de seguridad nacional no se conviertan en un bloqueo permanente de México con el mundo.

Coordinador de Gobierno y finanzas del IMCO. Las opiniones expresadas en esta columna son personales y no reflejan la postura institucional.

@ManuGuadarrama

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