/ jueves 23 de noviembre de 2017

Un acercamiento al Sistema Nacional Anticorrupción

Por Palmira Tapia Palacios

Si un fenómeno es diariamente señalado como uno de los principales flagelos que atacan el desarrollo individual de los mexicanos y del país en su conjunto, es el de la corrupción. Es por ello que vale la pena ocupar estos espacios para hablar de las apuestas de las autoridades y la sociedad civil organizada para resolver este problema.

Hace ya cuatro meses, el 19 de julio, entró en operación el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), después de un año que fueron publicadas las normas que le dan sustento legal, y luego de diversas reformas constitucionales aprobadas por el Congreso mexicano en 2015. Desde esa fecha se han dado pasos importantes en su implementación a nivel local, con distintos niveles de avance entre los estados respecto al nombramiento de autoridades claves como el Fiscal Anticorrupción o los Magistrados de Justicia Administrativa.

Según el Artículo 113 constitucional, el SNA es “la instancia de articulación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes…”, dirigido a prevenir detectar y, en su caso, sancionar actos de corrupción. Sin embargo, de la reforma constitucional y de las leyes que fueron creadas o modificadas, el SNA debe concebirse como un modelo donde los ciudadanos están en el centro de la coordinación entre autoridades, incluido un órgano autónomo, con una perspectiva de políticas públicas integrales.

Desde una visión de “sistema”, en todos los estados sus sistemas anticorrupción deben contener elementos y procesos homogéneos. Algunos de estos elementos son el Comité Coordinador (CC) integrado por seis autoridades de instituciones con facultades de primer orden en el combate a la corrupción, más un ciudadano que funge como presidente. El hecho que sea un ciudadano quien encabece los trabajos del CC es un acto de reconocimiento de la ciudadanía como un agente capaz de incidir de manera efectiva en las políticas públicas, en un espacio de coordinación entre las autoridades, a fin de diseñar mecanismos y políticas que prevengan y disuadan actos de corrupción.

Otro elemento que debe reflejarse en todos los estados es la conformación de un Comité de Participación Ciudadana (CPC) integrado por cinco ciudadanos elegidos por un Comité de selección integrados también por ciudadanos. La tarea del CPC es ser una instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas, además de coadyuvar con el CC en el cumplimiento de sus objetivos.

El pasado 18 de julio debieron quedar conformados los Sistemas Estatales Anticorrupción. Lo que vimos es que se impuso la dinámica legislativa propia de cada estado, que hizo que Chihuahua o Veracruz aprobaran la reforma constitucional vencido el plazo. Lo que ahora podemos ver es que solo algunos estados han nombrado al Fiscal Anticorrupción, como son Chiapas, Coahuila, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sonora, Tabasco y Tamaulipas, y solo algunos de éstos tienen CPC. Sin duda el monitoreo del avance de la implementación de los Sistemas Estatales Anticorrupción es tan importante como lo que ocurra a nivel nacional.

Integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México.

@palmiratapia

Por Palmira Tapia Palacios

Si un fenómeno es diariamente señalado como uno de los principales flagelos que atacan el desarrollo individual de los mexicanos y del país en su conjunto, es el de la corrupción. Es por ello que vale la pena ocupar estos espacios para hablar de las apuestas de las autoridades y la sociedad civil organizada para resolver este problema.

Hace ya cuatro meses, el 19 de julio, entró en operación el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), después de un año que fueron publicadas las normas que le dan sustento legal, y luego de diversas reformas constitucionales aprobadas por el Congreso mexicano en 2015. Desde esa fecha se han dado pasos importantes en su implementación a nivel local, con distintos niveles de avance entre los estados respecto al nombramiento de autoridades claves como el Fiscal Anticorrupción o los Magistrados de Justicia Administrativa.

Según el Artículo 113 constitucional, el SNA es “la instancia de articulación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes…”, dirigido a prevenir detectar y, en su caso, sancionar actos de corrupción. Sin embargo, de la reforma constitucional y de las leyes que fueron creadas o modificadas, el SNA debe concebirse como un modelo donde los ciudadanos están en el centro de la coordinación entre autoridades, incluido un órgano autónomo, con una perspectiva de políticas públicas integrales.

Desde una visión de “sistema”, en todos los estados sus sistemas anticorrupción deben contener elementos y procesos homogéneos. Algunos de estos elementos son el Comité Coordinador (CC) integrado por seis autoridades de instituciones con facultades de primer orden en el combate a la corrupción, más un ciudadano que funge como presidente. El hecho que sea un ciudadano quien encabece los trabajos del CC es un acto de reconocimiento de la ciudadanía como un agente capaz de incidir de manera efectiva en las políticas públicas, en un espacio de coordinación entre las autoridades, a fin de diseñar mecanismos y políticas que prevengan y disuadan actos de corrupción.

Otro elemento que debe reflejarse en todos los estados es la conformación de un Comité de Participación Ciudadana (CPC) integrado por cinco ciudadanos elegidos por un Comité de selección integrados también por ciudadanos. La tarea del CPC es ser una instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas, además de coadyuvar con el CC en el cumplimiento de sus objetivos.

El pasado 18 de julio debieron quedar conformados los Sistemas Estatales Anticorrupción. Lo que vimos es que se impuso la dinámica legislativa propia de cada estado, que hizo que Chihuahua o Veracruz aprobaran la reforma constitucional vencido el plazo. Lo que ahora podemos ver es que solo algunos estados han nombrado al Fiscal Anticorrupción, como son Chiapas, Coahuila, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sonora, Tabasco y Tamaulipas, y solo algunos de éstos tienen CPC. Sin duda el monitoreo del avance de la implementación de los Sistemas Estatales Anticorrupción es tan importante como lo que ocurra a nivel nacional.

Integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de México.

@palmiratapia

ÚLTIMASCOLUMNAS