INPI condena supuesto plagio por Isabel Marant a diseños indígenas

Senadores denunciaron que la modista francesa se habría adjudicado diseños artesanales de comunidades indígenas de Michoacán

Sarahi Uribe | El Sol de México

  · sábado 31 de octubre de 2020

El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) de México condenó el supuesto plagio de diseños artesanales de comunidades del estado de Michoacán, por la diseñadora francesa Isabel Marant.

“El plagio vulnera el derecho fundamental de los pueblos indígenas de conservar y proteger su propiedad intelectual y su patrimonio cultural”, dijo el INPI en un comunicado que respaldó las acusaciones del Senado de México en contra de la diseñadora.

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De acuerdo con la denuncia pública de los senadores Casimiro Méndez Ortiz y Susana Harp Iturribarría, la diseñadora cometió el plagio de los diseños artesanales utilizados por las comunidades indígenas de Charapan, Angahuan y Santa Clara del Cobre, estado de Michoacán, en sus vestimentas tradicionales (sarapes, gabanes, servilletas, fajas y otras prendas de uso cotidiano), “para literalmente copiarlos y presentarlos como suyos en una línea de ropa, sin dar crédito a las y los verdaderos creadores”.

Al respecto el artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, establece que es un derecho de las comunidades mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales, además de que tienen derecho a desarrollar la propiedad intelectual sobre los mismos.

Del mismo modo, el INPI explicó que la Ley de Salvaguarda de los Conocimientos, Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, en diversos artículos del capítulo segundo de los Derechos Colectivos de Propiedad Intelectual, señala que sus conocimientos, cultura e identidad y las manifestaciones materiales e inmateriales que de estos deriven son inalienables, indivisibles e imprescriptibles.

“El INPI condena enérgicamente el plagio porque vulnera el derecho fundamental de los pueblos y comunidades indígenas de conservar y proteger su propiedad intelectual y su patrimonio cultural”, señaló el Instituto.

Finalmente destacó que los diseños indígenas y sus manifestaciones artísticas son producto de su historia, identidad, conocimientos y cosmovisión, por lo que el uso de terceros sin su autorización constituye un acto violatorio cuyas consecuencias se establecen en el capítulo de Infracciones, Delitos, Competencias y Sanciones de la Ley en la materia.






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