El pasado lunes 21 de febrero la Corte Constitucional de Colombia legalizó la interrupción del aborto hasta las 24 semanas de gestación, convirtiendo al país sudamericano en uno de los más avanzados en la materia; sin embargo, la decisión de la Corte colombiana deja una duda, ¿por qué el plazo para realizar un aborto es mayor, por ejemplo, a las 12 semanas establecidas en México?
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El aborto legal es una de las luchas más importantes de las organizaciones en pro de los derechos de las mujeres, ya que la criminalización de esta práctica es considerada como violencia en razón de género.
En algunos países, como Argentina y México, existen algunas posibilidades para acceder un aborto legal; en el primer caso, la interrupción del embarazo se permite hasta la semana 14 de gestación, mientras que en México los estados que han legislado sobre esta práctica consideran la semana 12 como el límite para practicarla.
¿Por qué es diferente el límite para realizar un aborto legal?
En la mayoría de los países que han legalizado el aborto, el límite para realizarlo sin recurrir a alguna causal oscila entre las 12 y 14 semanas de gestación; esto se debe a la simplicidad y un menor riesgo de complicaciones por el procedimiento.
En el caso de la Ciudad de México o el estado de Oaxaca, el límite es de 12 semanas, mientras que en Argentina es de 14 semanas; hasta este límite la interrupción del embarazo se puede realizar con medicamentos y sin necesidad de atención médica especializada o ingreso hospitalario.
Más allá de ese umbral, la probabilidad de complicaciones por el procedimiento incrementa, al igual que la necesidad de supervisión médica especializada, mientras que el índice de éxito con métodos no quirúrgicos disminuye.
A pesar de lo anterior, la posibilidad de realizar una interrupción del embarazo más allá de las 14 semanas que promedian las legislaciones de varios países es viable.
En la decisión de la Corte Constitucional de Colombia, se establece como criterio para determinar el límite de 24 semanas la probabilidad de supervivencia del feto fuera del útero de la persona gestante.
Es decir, la Corte considera que antes de que el feto tenga una probabilidad de supervivencia mayor al 50% (a partir de las 24 semanas de gestación) la interrupción del embarazo es decisión únicamente de la persona gestante.
Por otro lado, pasado este umbral, el procedimiento sólo podrá realizarse sin consecuencias legales si responde a una de las tres causales contempladas en su legislación: violación, malformaciones del feto incompatibles con la vida fuera del útero y riesgo para la salud física o mental de la persona gestante.
En este sentido, decisión de la Corte colombiana corresponde también a la fundamentación establecida por la Corte Suprema de Estados Unidos desde 1973 en el emblemático caso "Roe vs. Wade", que plantea la legalidad del aborto hasta que el feto sea viable fuera del útero, aproximadamente a partir de las 24 semanas.