A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), laSecretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocerlos días en que las instituciones financieras del país deberáncerrar y suspender operaciones durante 2017.
De esta manera, la dependencia encabezada por José AntonioMeade, dijo que las instituciones financieras sujetas a lasupervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valoresdeberán suspender sus operaciones el primero de enero, así comoel primer lunes de febrero, en conmemoración del cinco de febrero,es decir, el seis de dicho mes.
Asimismo, deberán suspender operaciones el tercer lunes demarzo en referencia al 21 de marzo, es decir, así como el 13 y 14de abril (jueves y viernes Santo), el primero de mayo, el 16 deseptiembre, el dos y 20 de noviembre, el 12 y 25 de diciembre, asícomo los sábados y domingos.
La Secretaría dijo que la disposición aplica parainstituciones de crédito, casas de bolsa, sociedades deinversión, sociedades operadoras de sociedades de inversión,sociedades valuadoras de acciones de sociedades de inversión yfondos de inversión.
También sociedades operadoras de fondos de inversión,sociedades y entidades financieras que actúen con el carácter dedistribuidoras de acciones de fondos de inversión, sociedadesvaluadoras de acciones de fondos de inversión e institucionescalificadoras de valores.
De igual manera, son sujetas de dicha disposición lassociedades financieras de objeto múltiple reguladas, bolsas decontratos de derivados, bolsas de valores, instituciones para eldepósito de valores, contrapartes centrales de valores, cámarasde compensación de contratos de derivados y sus sociosliquidadores, sociedades de información crediticia, uniones decrédito, sociedades financieras populares, sociedades financierascomunitarias y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
Cabe mencionar, que los almacenes generales de depósito y casasde cambio podrán abrir sus puertas, operar y prestar servicios alpúblico todos los días de 2017, siempre que se ajusten a laspresentes disposiciones.