Este martes, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural estableció una veda temporal para la pesca comercial de atunes de aleta amarilla, barrilete, y patudo u ojo grande en aguas de jurisdicción federal en el Océano Pacífico, así como en alta mar y aguas jurisdiccionales extranjeras del Océano Pacífico Oriental para los años 2022, 2023 y 2024.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se argumenta que la pesquería de atún constituye una actividad de gran importancia nacional por su derrama económica, contribución a la producción de alimentos, generación de empleos y por su exportación.
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La veda aplica para embarcaciones atuneras de bandera mexicana de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo y de más capacidad que utilizan redes de cerco y embarcaciones de palangre de más de 24 metros de eslora total. Esto se aplica para embarcaciones que se encuentran en el área delimitada por el litoral de América del Norte, Central y del Sur, en el siguiente período:
- De las 00:00 horas del 29 de julio hasta las 24:00 horas del 8 de octubre de 2022
- De las 00:00 horas del 29 de julio hasta las 24:00 horas del 8 de octubre de 2023
- De las 00:00 horas del 29 de julio hasta las 24:00 horas del 8 de octubre de 2024
Se precisa que de forma alternativa, quienes tengan permisos de pesca comercial para embarcaciones atuneras de bandera mexicana que tengan las mismas características mencionadas arriba, se podrán sujetar al siguiente período de veda:
- De las 00:00 horas del 9 de noviembre de 2022 hasta las 24:00 horas del 19 de enero de 2023
- De las 00:00 horas del 9 de noviembre de 2023 hasta las 24:00 horas del 19 de enero de 2024
- De las 00:00 horas del 9 de noviembre de 2024 hasta las 24:00 horas del 19 de enero de 2025
Autoridades aclaran que que las embarcaciones atuneras de vara, de palangre de menos de 24 metros de eslora total, así como las embarcaciones de pesca deportivo-recreativa, y las embarcaciones cerqueras iguales o menores a 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo, quedan fuera de estas disposiciones.
El representante legal de cada embarcación deberá notificar antes del 23 de mayo a la oficina de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) más cercana, su voluntad de respetar el período de veda, que busca contribuir al aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros del país.
De no recibirse esta notificación en tiempo y forma, se deberán sujetar al período alternativo de veda, arriba citado.
Las personas que incumplan o contravengan este Acuerdo se harán acreedoras a las sanciones que establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.
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También se informa que el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), en la opinión técnica que emitió el 4 de enero de este 2022, señala que las medidas de conservación y ordenación establecidas en la 98 Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), son semejantes a las implementadas en años anteriores.