Después de que el Poder Judicial de la Federación ordenara recalcular la sanción impuesta al Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México (AICM) en septiembre de 2016, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) determinó que ésta asciende a 63 millones 90 mil pesos.
El organismo antimonopolios apuntó que esa multa se impuso a partir de la realización de un nuevo análisis, con la intención de profundizar en los elementos de gravedad de la conducta y el tamaño del mercado afectado en el aeropuerto.
Explicó que la sanción a la terminal aérea es por aplicar prácticas de “discriminación de trato” en el mercado del servicio de acceso a la zona federal y de estacionamiento para la prestación del servicio de taxi.
De acuerdo con su reporte del mes de julio, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, confirmó la resolución del pleno de la Cofece del expediente DE-015- 2013.
La conducta sancionada se dio cuando el AICM, al hacer uso de su poder sustancial, impuso condiciones diferentes y cláusulas discriminatorias entre los distintos sitios de taxi que operan en el aeropuerto.
Dicha conducta tuvo por objeto y efecto impedir el acceso de nuevos agentes económicos que pudieran prestar el servicio de taxi para competir con los existentes, expuso.
También se debe a establecer ventajas exclusivas para determinadas agrupaciones que ya proporcionaban el servicio, lo que generó un daño al proceso de competencia y libre concurrencia.
En 2016, la Cofece señaló que la terminal otorgó descuentos sin justificación a las empresas beneficiadas de entre 20 y 35% en el pago de la contraprestación por el servicio de acceso.
Este tipo de conductas ha sido observada por autoridad en la materia desde 2006, año en el que se emitió una recomendación al AICM para suprimir exclusividades y barreras a la entrada para nuevos competidores.