La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) busca abrir un canal directo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para interponer acciones inconstitucionales, contra reglas de las autoridades que atenten contra la competencia en el país.
“Dependemos de un tercero que nos quiera comprar la idea de que alguna regulación es contraria al artículo 28 constitucional (que regula la competencia y la prohibición de monopolios). Nos parece relevante que pudiéramos tener esta facultad de presentar o promover acciones de inconstitucionalidad”, comentó Alejandra Palacios, comisionada presidenta de la Cofece, en conferencia de prensa.
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Una acción inconstitucional es un recurso que se presenta ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando existe una contradicción entre una ley promovida por alguna autoridad y la Constitución.
Palacios aclaró que si la Cofece quiere interponer una acción de este tipo, tiene que pedir apoyo a la Fiscalía General de la República (FGR), quien realiza una investigación y presenta el recurso ante la Corte. Para reducir esta burocracia, la Cofece sugirió reformar el artículo 105 constitucional, que dicta los términos bajo los cuales la SCJN debe actuar en caso de un acto de inconstitucionalidad.
A la fecha, añadió Palacios, solo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) pueden presentar estos actos por su cuenta.
En 2017, la Cofece utilizó por primera vez el recurso de inconstitucionalidad con la ayuda de la FGR contra el estado de Coahuila respecto a la reforma de la ley sobre Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano, la cual imponía distancias mínimas para el establecimiento de gasolineras.
Según el organismo, esto atentaba contra el derecho de libre comercio y los principios de competencia marcados en los artículos 5 y 28 de la Constitución.
Luego, en 2018 interpuso el mismo mecanismo contra las modificaciones a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de Tabasco.
Dicha legislación daba prioridad a los esquemas de asignación directa para obras de desarrollo y evitaba licitaciones para otorgar contratos públicos.
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