/ jueves 24 de marzo de 2022

Cofece multa al AICM con 848 mdp por prácticas anticompetitivas

El Aeropuerto Benito Juárez se rehusó a prestar servicio de transporte dentro de sus instalaciones

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 848.8 millones de pesos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por impedir la prestación de servicio público de autotransporte a una empresa y establecer ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios.

Te puede interesar: ¿Qué pasará con el aeropuerto Benito Juárez ahora que comience a operar el AIFA?

El órgano antimonopolios determinó que el AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre (UNE) el servicio de acceso a sus instalaciones, lo que aisló a la empresa de la competencia en perjuicio de los usuarios.

“Mediante dicha conducta impidió que UNE pudiera ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios”, indicó la Cofece.

Agregó que el Pleno de la comisión consideró que el AICM tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso al Aeropuerto para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros pues, entre otras cuestiones, se trata del único medio que y no hay sustitutos.

De acuerdo con la institución el rehusarse a prestar el acceso a UNE sin que existiese justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas.

“Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”, informó la Cofece.

Además señaló que con el fin de verificar la supresión de la conducta, la Cofece podrá requerir al AICM por un plazo de cinco años y en cualquier momento la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Una vez notificada la resolución al AICM, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 848.8 millones de pesos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por impedir la prestación de servicio público de autotransporte a una empresa y establecer ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios.

Te puede interesar: ¿Qué pasará con el aeropuerto Benito Juárez ahora que comience a operar el AIFA?

El órgano antimonopolios determinó que el AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre (UNE) el servicio de acceso a sus instalaciones, lo que aisló a la empresa de la competencia en perjuicio de los usuarios.

“Mediante dicha conducta impidió que UNE pudiera ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios”, indicó la Cofece.

Agregó que el Pleno de la comisión consideró que el AICM tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso al Aeropuerto para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros pues, entre otras cuestiones, se trata del único medio que y no hay sustitutos.

De acuerdo con la institución el rehusarse a prestar el acceso a UNE sin que existiese justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas.

“Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”, informó la Cofece.

Además señaló que con el fin de verificar la supresión de la conducta, la Cofece podrá requerir al AICM por un plazo de cinco años y en cualquier momento la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Una vez notificada la resolución al AICM, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Finanzas

Moody’s cambió de estable a negativa la perspectiva de la calificación de México

La agencia indicó que la perspectiva negativa es debido al debilitamiento en políticas y entorno institucional que podría socavar resultados fiscales y económicos

México

Exoneran a la esposa de El Mencho por los cargos de delincuencia organizada

Rosalinda González alias 'La Jefa' fue sentenciada en 2023 a cinco años de prisión tras ser encontrada culpable por lavado de dinero

Metrópoli

Disputa entre cárteles provocó el ataque contra el bar Bling Bling en Cuautitlán Izcalli

Ismael Molina, alias El Buchanas, fue detenido por presuntamente ordenar el ataque contra el bar Bling Bling como parte de una disputa entre el grupo criminal que lidera y el Cártel Nuevo Imperio

Finanzas

Gaseros suspenden paro tras lograr reunión con Sener

Los gaseros demandan una mayor comisión por cada litro de gas vendido para no suspender la distribución del combustible

República

Mueren dos personas y 5 quedan atrapadas por derrumbe en mina en Badiraguato, Sinaloa

José Paz Elenes, alcalde de Badiraguato, informó que lograron recuperar el cuerpo de uno de los mineros

Mundo

Trump elige al antivacunas Robert Kennedy Jr. como secretario de Salud

El presidente electo de Estados Unidos aseguró que la Secretaría de Salud es el puesto más importante de su administración, debido a que vela por la salud de los ciudadanos