/ lunes 20 de julio de 2020

Cofece sanciona concentración de empresas energéticas

El pleno de la Cofece estimó que la unión de estas cuatro empresas no pone en riesgo las condiciones de competencia en los mercados

Las empresas BAS Projects Corporation (BAS Corporation), ESZ Holding KI (ESZ KI), ESZ Holding KII (ESZ KII), y EXI Solar Norte (EXI Solar), deberán pagar 977 mil pesos por omitir la notificación de su concentración a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Sin embargo, el pleno de la Cofece estimó que la unión de estas cuatro empresas no pone en riesgo las condiciones de competencia en los mercados en los que participan.

Dicha concentración consistió en la adquisición indirecta por parte de EXI Solar de un proyecto de generación de energía fotovoltaica, la cual se hizo del conocimiento de la Comisión 340 días después de haberse concretado. "Es decir, los agentes económicos involucrados en la misma omitieron la obligación de notificarla previo al cierre de la operación", aclaró la Cofece.

Los comisionados de la COFECE también plantearon que si bien, la concentración de estas empresas no representa riesgos a la competencia, superó los umbrales previstos en la Ley Federal de Competencia Económica, desde su artículos 86 hasta el 92, bajo los cuales se indica que una concentración debe ser analizada y aprobada por la Comisión.

Al ser notificadas las partes sobre la resolución del pleno de la COFECE, las empresas sancionadas podrán acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de su actuación, de considerarse pertinente.

BAS Corporation es una sociedad que en México participa en diversos proyectos de generación de energía. Por su parte, EXI Solar se dedica a invertir en proyectos de energía en el territorio nacional.


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Las empresas BAS Projects Corporation (BAS Corporation), ESZ Holding KI (ESZ KI), ESZ Holding KII (ESZ KII), y EXI Solar Norte (EXI Solar), deberán pagar 977 mil pesos por omitir la notificación de su concentración a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Sin embargo, el pleno de la Cofece estimó que la unión de estas cuatro empresas no pone en riesgo las condiciones de competencia en los mercados en los que participan.

Dicha concentración consistió en la adquisición indirecta por parte de EXI Solar de un proyecto de generación de energía fotovoltaica, la cual se hizo del conocimiento de la Comisión 340 días después de haberse concretado. "Es decir, los agentes económicos involucrados en la misma omitieron la obligación de notificarla previo al cierre de la operación", aclaró la Cofece.

Los comisionados de la COFECE también plantearon que si bien, la concentración de estas empresas no representa riesgos a la competencia, superó los umbrales previstos en la Ley Federal de Competencia Económica, desde su artículos 86 hasta el 92, bajo los cuales se indica que una concentración debe ser analizada y aprobada por la Comisión.

Al ser notificadas las partes sobre la resolución del pleno de la COFECE, las empresas sancionadas podrán acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de su actuación, de considerarse pertinente.

BAS Corporation es una sociedad que en México participa en diversos proyectos de generación de energía. Por su parte, EXI Solar se dedica a invertir en proyectos de energía en el territorio nacional.


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