Dan luz verde a rediseño del espacio aéreo del Valle de México

Un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México revocó las suspensiones que otros juzgados otorgaron a ciudadanos contra el rediseño

Manrique Gandaria | El Sol de México

  · jueves 20 de mayo de 2021

Imágenes del Rediseño del espacio aéreo que se comenzó a implementar desde marzo. Foto Cuartoscuro

Un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México revocó las suspensiones que otros juzgados otorgaron a ciudadanos contra el rediseño de espacio aéreo en el Valle de México bajo el argumento que pueden afectar el interés social.

El Décimo Tribunal Colegiado en materia administrativa, declaró fundados los agravios hechos valer por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) quien argumentó que la suspensión del rediseño del espacio aéreo puede provocar un daño relacionado con la necesidad de seguridad en el traslado aéreo de personas y bienes en territorio mexicano.

El tribunal dejo sin efecto las suspensiones otorgadas por un juez federal del Estado de México, donde los quejosos afirmaban que, al cambiar las rutas de aproximación hacia el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, los aviones sobrevuelan ahora en sus domicilios, tales como el fraccionamiento La Herradura, en Huixquilucan.

Este argumento fue valido para el juzgado federal, quien al admitir a trámite el amparo, ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, como autoridad demandada, que presente copias de los documentos que sustentaron su decisión de modificar las rutas.

Los promoventes de amparos se quejaban que el rediseño pone en peligro el derecho de una ciudadana a vivir en un medio ambiente sano, ya que provoca que los aviones pasen en una distancia considerablemente cercana a su hogar, lo que genera un ruido excesivo

Este jueves el Décimo Tribunal Colegiado en materia administrativa, consideró que el rediseño del espacio aéreo, constituye una acción que corresponde a las pretensiones de la colectividad, encaminadas a obtener un beneficio para todos sus integrantes, en la medida en que propugna la prestación del servicio público aeroportuario atendiendo a las necesidades del país, propiciando la adecuada operación de la aviación civil.

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Establecieron que la SCT, argumentó que el juez federal que concedió la suspensión, pasó por alto lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley de Amparo, ya que de concederse la medida cautelar en los términos otorgados, se sigue perjuicio al interés social y se contravienen los de orden público, lo anterior ya que el acto impugnado que consiste en dicho rediseño para el Sistema Aeroportuario Metropolitano, busca cumplir con los objetivos internacionales en materia de aviación civil internacional, mediante la modernización del sistema de navegación aérea a fin de hacer de la aviación un medio de transporte seguro, eficiente y ecológicamente sustentable.

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