En esta administración federal se presentaron 43 mil denuncias a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajado (PROFEDET) por incumplimiento de pago de aguinaldo, de los cuales, en 2018 se atendieron solo mil casos a través de la conciliación, con una efectividad del 97%.
“La fase dura de recepción de casos de aguinaldo es ahora en diciembre y principios de enero. Y la mayoría de los casos los hemos resuelto a través de la conciliación como todos los casos en general del tema que sea que recibe la Profedet”, señaló su titular, Alejandra Negrete Morayta.
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“En el pago de aguinaldo hemos tenido muchos casos, pero no tanto monto económico que recibir. El año pasado fueron 85 mil pesos, a través de conciliación, y 500 mil pesos a través de diferentes juicios que se presentaron”, señaló la funcionaria durante la conferencia Operativo Aguinaldo 2018, que consiste en una campaña para defender el pago de esta prestación laboral, con el objetivo de impactar a 240 mil personas.
Por su parte, el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Roberto Campa Cifríán, informó que se dispondrá de 700 inspectores posterior a la denuncia por parte de los trabajadores.
“El énfasis lo estamos poniendo en el aspecto preventivo y si algún trabajador advierte que no se está atendiendo este derecho de manera cabal, la invitación es que acuda a la Profedet”, dijo.
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Los servicios gratuitos de asesoría y orientación con relación a la fecha o monto del aguinaldo es en la Profedet, a través de teléfonos 01 800 7172 942 y 01 800 9117 877 para toda la República mexicana.
Por otra parte, el secretario del Trabajo señaló que ya se tuvieron 21 reuniones de transición en la Secretaría del Trabajo, 20 con todas las áreas de la secretaría con los órganos desconcentrados, quienes han informado a la próxima secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde Luján, “quiénes son, cómo lo hace, con qué recursos se cuenta, cómo lo hacen y por qué lo hacen y los temas que se quedarán pendientes, de manera particular en cada una de las áreas. Algunas tareas que comienzan con la próxima administración como el asunto del aguinaldo, de salarios mínimos y la renovación de los representantes en las Juntas. Tienen todos los elementos para que la transición no implique ningún retraso”.
Campa Cifrián aclaró que desde 1970, “los patrones se encuentran obligados a cubrir este pago que deben recibir todas y todos los empleados, sin importar si son trabajadores de base, confianza, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, entre otros. Todos tienen derecho al aguinaldo. Es un derecho irrenunciable y, bajo ninguna circunstancia, el patrón puede argumentar problemas para no pagarlo o reducir el importe del mismo”.
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Destacó que los empleadores deben pagarlo en efectivo antes del 21 de diciembre, o a través de medios electrónicos y no está permitido hacerlo por medio de mercancías, vales o cualquier otro signo representativo que sustituya la moneda.
Aquellas personas trabajadoras que no tienen un contrato firmado o son eventuales, también tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo, ya que la existencia de un contrato, o de una relación de trabajo, se presume desde el momento en el que existe alguien que presta un trabajo personal y alguien que lo recibe.
El incumplimiento de forma completa o tardía, los patrones pueden hacerse acreedores a una multa, de conformidad con lo establecido en el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo, es decir, una sanción de 50 a 5,000 veces el valor de las Unidades de Medida y Actualización que va desde los 4 mil 030 hasta los 403 mil pesos.
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“Existen instancias de gobierno que protegen los derechos laborales de las y los mexicanos. Para el caso en que no se pague el aguinaldo o se pague incompleto, o extemporáneo, las y los trabajadores pueden presentar su reclamo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, cuentan con el plazo de un año”, indicó Campa Cifrián.