La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional eliminar la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para regular de manera asimétrica las ventas de hidrocarburos en el país.
La Segunda Sala del máximo órgano de justicia en el país dijo que la CRE es la única autoridad competente para regular todos los aspectos relacionados con la venta de primera mano de hidrocarburos y sus productos. De esta manera, la SCJN reinstauró una serie de medidas asimétricas que fueron impuestas por el regulador a Pemex tras la reforma energética de 2014, mismas que el Congreso de la Unión canceló en mayo de 2021.
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“El objetivo de la regulación asimétrica es generar un nuevo modelo donde participen diversos competidores en la industria de hidrocarburos”, dijo la Corte.
La resolución fue aproada por mayoría con los votos a favor de los ministros Luis María Aguilar, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek.