/ miércoles 26 de mayo de 2021

IFT presenta controversia constitucional contra creación del padrón de telefonía móvil

El órgano regulador presentó este recurso con el argumento de que carece de presupuesto para implementar el padrón

El comisionado presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Adolfo Cuevas Teja, presentó este miércoles una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para la creación el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).

A casi mes y medio de que se publicará la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el órgano regulador presentó este recurso con el argumento de que carece de presupuesto para implementar el padrón.

“El IFT no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto. La totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador”, indicó en un comunicado.

Añadió que el ordenamiento legal contraviene su autonomía presupuestal, consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.

El 16 de abril se publicó en el DOF el decreto que mandata la creación del PANAUT, instrumento mediante el cual los usuarios de telefonía móvil quedaban obligados a entregar información personal y datos biométricos para conformar una base de datos a disposición de las instancias de seguridad pública.

El gobierno federal justificó la creación de este padrón para evitar que se cometan delitos como las llamadas de extorsión desde centros de reclusión.

Asimismo, el decreto estableció que, en caso de negarse a entregar la información requerida, los usuarios podrían ser sujetos a la suspensión de sus líneas.

Diversos organismos señalaron a esta reforma como violatoria de derechos como los de comunicación y conectividad, además de que advirtieron de riesgos de que el padrón pueda filtrarse con lo que los datos de los usuarios quedarían vulnerables.

Con la reforma, el IFT sería el encargado de crear el padrón y resguardarlo, además de ponerlo a disposición de las instancias de seguridad cuando se le requiriera.

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“El Congreso de la Unión afecta e invade la esfera competencial del IFT, concretamente a sus atribuciones regulatorias y de garante de derechos humanos, ya que le impide cumplir con su objeto constitucional contenido en los artículos 6º y 7º; toda vez que le obliga a implementar un modelo regulatorio que condiciona el acceso a los servicios de telecomunicaciones y prevé la cancelación de líneas telefónicas móviles; y lo obliga a emitir las disposiciones administrativas de carácter general para la debida operación del PANAUT, en términos contrarios al objeto para el cual fue creado el propio Instituto”, indicó el regulador.

El comisionado presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Adolfo Cuevas Teja, presentó este miércoles una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para la creación el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).

A casi mes y medio de que se publicará la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el órgano regulador presentó este recurso con el argumento de que carece de presupuesto para implementar el padrón.

“El IFT no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto. La totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador”, indicó en un comunicado.

Añadió que el ordenamiento legal contraviene su autonomía presupuestal, consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias.

El 16 de abril se publicó en el DOF el decreto que mandata la creación del PANAUT, instrumento mediante el cual los usuarios de telefonía móvil quedaban obligados a entregar información personal y datos biométricos para conformar una base de datos a disposición de las instancias de seguridad pública.

El gobierno federal justificó la creación de este padrón para evitar que se cometan delitos como las llamadas de extorsión desde centros de reclusión.

Asimismo, el decreto estableció que, en caso de negarse a entregar la información requerida, los usuarios podrían ser sujetos a la suspensión de sus líneas.

Diversos organismos señalaron a esta reforma como violatoria de derechos como los de comunicación y conectividad, además de que advirtieron de riesgos de que el padrón pueda filtrarse con lo que los datos de los usuarios quedarían vulnerables.

Con la reforma, el IFT sería el encargado de crear el padrón y resguardarlo, además de ponerlo a disposición de las instancias de seguridad cuando se le requiriera.

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“El Congreso de la Unión afecta e invade la esfera competencial del IFT, concretamente a sus atribuciones regulatorias y de garante de derechos humanos, ya que le impide cumplir con su objeto constitucional contenido en los artículos 6º y 7º; toda vez que le obliga a implementar un modelo regulatorio que condiciona el acceso a los servicios de telecomunicaciones y prevé la cancelación de líneas telefónicas móviles; y lo obliga a emitir las disposiciones administrativas de carácter general para la debida operación del PANAUT, en términos contrarios al objeto para el cual fue creado el propio Instituto”, indicó el regulador.

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