Infonavit permite congelar créditos en caso de desaparición

Los afectados deberán acudir a la CNDH para presentar una queja por escrito por la ausencia del acreditado

Jacob Sánchez | El Sol de México

  · lunes 15 de noviembre de 2021

El Instituto publicó las características para poder congelar los créditos de las personas desaparecidas. | Foto: Cuartoscuro

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) informó que los créditos obtenidos por personas desaparecidas podrán aplazarse hasta por 12 meses, a fin de evitar que la deuda se incremente.

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"Si un familiar tuyo se encuentra desaparecido y tiene activo un crédito con el Infonavit, hay cosas que puedes hacer para evitar que la deuda siga creciendo y que tu familia tenga mayores preocupaciones económicas", manifestó el instituto en un comunicado.

El protocolo aplica en caso de que algún acreditado sea víctima de desaparición forzada o que sea víctima de algún siniestro tras el cual no pueda ser localizado.

Lo primero a realizar, es informar a las autoridades sobre la desaparición y obtener una Declaración de Ausencia, que puede ser tramitada mediante tres instituciones: la Fiscalía General local, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en o por el Poder Judicial.

En la Fiscalía local se tiene que iniciar una averiguación previa por la desaparición, mientras que en la CNDH se debe presentar una queja por escrito por la ausencia del acreditado.

Para el caso del Poder Judicial, los familiares o allegados deberán presentar un escrito ante un juez civil.

Luego de realizar alguna de estas tres opciones, los interesados en este beneficio tendrán que acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano con la Declaración de Ausencia original o una copia certificada del documento.

En esta oficina del Infonavit deberán hacer un escrito en el que soliciten la aplicación de una "Prórroga Promocional", con lo que el Instituto dará inicio al procedimiento.

Esta prórroga tiene una vigencia de 12 meses y puede renovarse todas las veces que sea necesario, en tanto se acredite la ausencia del acreditado.

Con este trámite el crédito ante el Infonavit se mantiene estático, es decir, que la deuda no aumenta, no genera intereses y se pausa el pago de la mensualidad, mientras se localiza a la persona desaparecida, se obtiene la declaratoria de fallecimiento o la declaratoria de presunto fallecimiento y se debe actualizar cada año para continuar con los beneficios de la prórroga.

El Infonavit aclaró que las declaratorias de presunto fallecimiento tienen la misma validez jurídica que un acta de defunción, lo que significa que al obtenerla ocurre lo mismo que cuando un familiar muere: se acaba la deuda.

En el caso de los créditos compartidos, el Instituto detalló que sólo la parte proporcional del crédito de la persona desaparecida será el que se deje de cobrar, mientras que el otro acreditado seguirá pagando su mismo porcentaje sin cambios.

"Esto aplica para créditos en conjunto como Unamos Créditos, o el Crédito Conyugal. Al obtenerse la declaratoria de fallecimiento, la parte proporcional de la propiedad pasa a los beneficiarios establecidos por la persona fallecida", detalló el Infonavit.

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En el caso de cofinanciamientos con instituciones bancarias privadas, el Infonavit subrayó que la prórroga sólo aplica para el monto otorgado por el Instituto.



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