Jueces otorgan primeras suspensiones definitivas contra Ley de Hidrocarburos

A 13 días de haberse publicado reformas la ley energética de AMLO, dos jueces especializados concedieron las primeras suspensiones definitivas a seis empresas que impugnaron el decreto publicado en el diario oficial

Manrique Gandaria | El Sol de México

  · lunes 17 de mayo de 2021

Foto: Cuartoscuro

A 13 días de haberse publicado reformas a la Ley de Hidrocarburos, dos jueces especializados concedieron las primeras suspensiones definitivas a seis empresas que impugnaron el decreto de reforma publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Los juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, concedieron la medida judicial a las compañías: Viga Express, Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc, Distribuidora de Combustibles Mil y Dalia Pilar Lamarque Picos.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro titular del juzgado segundo emitió la resolución contra la aplicación del artículo 57, así como el cuarto y sexto transitorios

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Destaca que el articulo 57 permite al gobierno federal llevar a cabo la ocupación temporal, la intervención o la suspensión, a fin de garantizar los intereses de la Nación, en el entendido de que quedarán salvaguardados los derechos de terceros, así como facultar al Estado para contratar a empresas productivas para el manejo y control de las instalaciones ocupadas, intervenidas o suspendidas.

Expuso que la legislación podría abonar a que Pemex retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética, lo que sin duda implicaría un retroceso para el desarrollo de todo el sector.

Esto, señala, podría resultar en el incremento de precios de los bienes y servicios ofrecidos a lo largo de la cadena de valor de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, con el correspondiente impacto negativo para los consumidores finales.

Por su parte su homologo, el juez Rodrigo de la Peza titular del juzgado primero, manifestó que la norma genera un cambio imprevisible e intempestivo contra los inversionistas privados.

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Es decir, afirman en su resolución, existe la posibilidad de que la parte quejosa demuestre que es contrario al texto Constitucional, que Pemex recupere una posición de agente preponderante en el sector, y no sea un participante más del mercado, en perjuicio de la postura que incipientemente han alcanzado las empresas privadas, lo cual merma los motivos sustanciales de la reforma Constitucional.

Recordó que la reforma de 2013 buscó generar en los inversionistas privados un estado de confianza legítima para proyectos de largo plazo.

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