Por tercer día consecutivo, el juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó suspensiones provisionales contra la Ley de Hidrocarburos, con lo que suman seis las medidas cautelares concedidas a 11 empresas que impugnaron el decreto que se publicó el 4 de mayo en el Diario Oficial de la Federación.
Grupo Comercial de México, e Ingeniería, Construcción y Obra Electromecánica del Norte, son las dos empresas a las que el juez Fierro les otorgó la suspensión provisional para dejar sin efectos los artículos 57, así como el cuarto y sexto transitorio de la ley de Hidrocarburos.
Al igual que en otros casos, el juzgador considero que la enmienda genera incertidumbre para los permisionarios, además podría dar lugar a la imposición de sanciones excesivas, ya que los incumplimientos menores también deberán ser castigados con la revocación de los permisos previamente otorgados.
El 10 de mayo pasado, el juez Fierro concedió la primera suspensión provisional contra algunos de los artículos modificados en la recientemente aprobada reforma a Ley de Hidrocarburos.
▶️Es oficial reforma a la Ley de Hidrocarburos
Señaló que al eliminar la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios que sean ocupadas, intervenidas o suspendidas, el artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, brinda exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones.
Las empresas Grupo Base Energéticos, Faraón Productos Internacionales, Antluc, Distribuidora de Combustibles Mil, como Dalia Pilar Lamarque Picos, se han convertido en las primeras en conseguir amparos contra la reforma presidencial a la Ley de Hidrocarburos.
▶️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias
El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, consideró que con la paralización de los artículos no hay un perjuicio al orden público o al interés social, ya que si bien la sociedad está interesada en que se cumplan los requisitos de almacenamiento de petrolíferos, así como los demás requisitos y disposiciones que se encuentran previstos en la Ley de Hidrocarburos, lo cierto es que existe un esquema actual para sancionar infracciones y el incumplimiento de obligaciones de manera gradual.