No hay una sola forma de jubilarse: conoce las modalidades disponibles para ti

Existen opciones para aumentar tu pensión

Fernando Escobar | El Sol de La Laguna

  · viernes 21 de enero de 2022

La modalidad 40 es una opción para trabajadores pertenecientes al régimen 73. / Foto Pixabay

El plan para el retiro es un ahorro e inversión, a largo plazo, que le permitirá a la persona tener mejores ingresos al momento de su jubilación o retiro.

Actualmente la Ley del Seguro Social prevé dos tipos de regímenes por los que puedes pensionarte. Estos regímenes se determinan de acuerdo a la fecha en que comenzaste tus cotizaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS.

 

Los inconformes también pedirán que se garantice el abasto de medicamentos en el IMSS e ISSSTE. Foto: Cuartoscuro

 

Régimen de 1973

  • Si comenzaste a cotizar antes del primero de julio de 1997

Régimen de 1997

  • Si comenzaste a cotizar a partir del primero de julio de 1997

Para acceder a una pensión debes cumplir con algunos requisitos entre los que se encuentran: Tener 60 años o más, tener cumplidas las semanas necesarias dependiendo del régimen al que perteneces.

Para más información sobre Solicitud de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez puedes consultar las páginas oficiales del Instituto Mexicano del Seguro Social imss.gob.mx

¿Qué es La Modalidad 40 y como puede ayudar a mi pensión?

La Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio es una ley del IMSS, conocida como Modalidad 40, que permite a los trabajadores, que dejaron de cotizar con un patrón, poder continuar aportando en sus semanas cotizadas para mejorar el monto de su pensión.

La principal característica de esta modalidad es que al momento de darse de alta, la persona puede determinar el salario con el cual desea cotizar. Puedes alcanzar hasta los 25 salarios mínimos, es decir, poco más de 50 mil pesos mensuales.

¿Quién puede solicitar la Modalidad 40?

Esta modalidad puede ser solicitada por los pensionados que se encuentren bajo el régimen 73, es decir, aquellas que comenzaron a cotizar antes del primero de julio de 1997.

Hay que dejar claro que la persona que solicite esta modalidad debe tener como mínimo 52 semanas cotizadas en los cinco años más recientes.

Por ejemplo, una persona de 60 años que tiene 750 semanas cotizadas(vigentes) y que pudiera pagar por los últimos 5 años una inversión de 400 mil pesos tendrá una pensión mensual de 14 mil 400 pesos.

En cambio, una persona con mil semanas cotizadas y que pueda pagar los cinco años de Modalidad 40 para una inversión de los mismo 400 mil pesos obtendría una pensión superior a los 21 mil pesos al mes.

Publicado originalmente en El Sol de la Laguna