/ martes 15 de junio de 2021

Padrón de telefonía móvil es un riesgo constitucional sobre autonomía del IFT: ministra

El IFT presentó una Controversia Constitucional el 26 de mayo en contra de diversas disposiciones contenidas en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

La ministra Norma Piña Hernández consideró que la ejecución del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) implicaría un riesgo constitucional sobre la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

En un comunicado, el regulador recordó que el PANAUT le obliga a realizar las erogaciones que se generen con motivo de la instalación, operación, regulación y mantenimiento del padrón, esto con cargo al presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes.

Ante esta situación, el IFT presentó una Controversia Constitucional el 26 de mayo en contra de diversas disposiciones contenidas en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con la que se creaba el padrón.

Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió dicha controversia y otorgó al IFT una suspensión parcial del PANAUT.

La ministra Piña Hernández expuso que cuando un acto impugnado en una controversia constitucional tenga el potencial de poner en riesgo el cumplimiento de un lineamiento del cual depende la autonomía de un órgano primario del Estado frente a los demás poderes, se debe proteger a dichas instituciones fundamentales del ordenamiento jurídico.

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En su controversia, el IFT expuso que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto

El regulador apuntó que con esta decisión se paralizan las acciones que se desprenden de las normas impugnadas, relacionadas con sus atribuciones conferidas y que se ven afectadas presupuestalmente, como las que tendría que realizar para el desarrollo de la plataforma que concentrará la información del padrón.

La ministra Norma Piña Hernández consideró que la ejecución del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) implicaría un riesgo constitucional sobre la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

En un comunicado, el regulador recordó que el PANAUT le obliga a realizar las erogaciones que se generen con motivo de la instalación, operación, regulación y mantenimiento del padrón, esto con cargo al presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes.

Ante esta situación, el IFT presentó una Controversia Constitucional el 26 de mayo en contra de diversas disposiciones contenidas en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con la que se creaba el padrón.

Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió dicha controversia y otorgó al IFT una suspensión parcial del PANAUT.

La ministra Piña Hernández expuso que cuando un acto impugnado en una controversia constitucional tenga el potencial de poner en riesgo el cumplimiento de un lineamiento del cual depende la autonomía de un órgano primario del Estado frente a los demás poderes, se debe proteger a dichas instituciones fundamentales del ordenamiento jurídico.

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En su controversia, el IFT expuso que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto

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