La Cámara de Diputados recibió la iniciativa de reforma del presidente Andrés Manuel López Obrador a la Ley de Hidrocarburos, la cual propone regresarle a Petróleos Mexicanos (Pemex) todo el control en el almacenamiento, distribución, transporte y venta al mayoreo de los petrolíferos en el país. Además, incluye la revocación y suspensión de permisos otorgados a particulares que hoy ya participan en el mercado abierto.
De acuerdo con la iniciativa, el sector afectado es el downstream (que considera las actividades de refinación hasta la venta al consumidor final), con la modificación de los artículos 51; 53, párrafo segundo; 56, fracción XI, y 57, y se adiciona una fracción XII, pasando la actual fracción XII a ser fracción XIII, al artículo 56; el artículo 59 Bis, y un párrafo segundo a la fracción II del artículo 86 de la Ley de Hidrocarburos.
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Como adelantó El Sol de México, la propuesta que este incluye un apartado dedicado a la suspensión de permisos por peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional, que implicaría que Pemex tomara el control de las instalaciones de almacenamiento, transporte y distribución privadas, incluyendo los puntos de venta finales.
“Es importante que las empresas productivas del Estado jueguen un papel más activo en el tratamiento y refinación de petróleo, el procesamiento de gas natural, y la exportación e importación de hidrocarburos y petrolíferos, así como en el transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, comercialización y expendio al público de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos (...) toda vez que se considera inadecuado dejar la protección de dichas actividades en manos del sector privado ante riesgos inminentes a la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”.
La propuesta señala que se busca dotar de seguridad jurídica a los empresarios por lo que si se les suspenden los permisos de sus instalaciones, éstos pueden pedir la suspensión de esa medida tras demostrar “que las causas que la ocasionaron ya fueron subsanadas o erradicadas, o han desaparecido, siempre y cuando éstas no se hayan originado en ilícitos penales o infracciones administrativas relacionadas con los combustibles”.
En la exposición de motivos de la propuesta de reforma, el Ejecutivo federal se señala que tras la Reforma Energética se pasó de un monopolio estatal que refinaba, importaba, transportaba y comercializaba gasolina y diésel a un libre mercado donde los particulares importan gasolina y la comercializan.
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“Es tan grave el daño causado al sector energético nacional derivado de dicha Reforma Energética que no solo somos el país petrolero que más gasolinas importa en el mundo, sino que ahora ya compramos petróleo crudo para abastecer a las únicas seis refinerías que apenas sobreviven, ya que resulta relevante mencionar que precisamente desde hace 40 años no se construye una nueva refinería en el país” dice.
Señala que la corrupción de las anteriores administraciones de Pemex pegaron en el interior de la empresa. “La falta de autosuficiencia en el sector energético se originó, no solo por el fracaso del modelo económico neoliberal, sino también por el predominio en este periodo de la más inmunda corrupción pública y privada”.
La iniciativa señala que “busca desincentivar diversas prácticas relacionadas con el comercio ilícito de hidrocarburos y petrolíferos, así como reordenar diversas actividades económicas en el sector energético con el fin de combatir la corrupción, garantizar el abasto, así como proteger la economía nacional y los ingresos que percibe el Estado”.
El nuevo artículo 51 queda de la siguiente forma: “Los permisos a que se refiere el presente Capítulo se otorgarán a Petróleos Mexicanos, a otras empresas productivas del Estado y a Particulares, con base en el Reglamento de esta Ley. El otorgamiento de los permisos estará sujeto a que el interesado demuestre que, en su caso, cuenta con: I. Un diseño de instalaciones o equipos acordes con la normativa aplicable y las mejores prácticas; II.
Las condiciones apropiadas para garantizar la adecuada continuidad de la actividad objeto del permiso, y III. La capacidad de almacenamiento que determine la Secretaría conforme a las disposiciones jurídicas aplicables”.
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De acuerdo con el nuevo artículo 53 de la Ley de Hidrocarburos, la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, según el permiso de que se trate, tienen que resolver la solicitud dentro de los siguientes 90 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud. En caso de no emitirse una resolución se entenderá que es un permiso negado. Actualmente, si ninguna de las dos autoridades responde el permiso se otorga de manera automática.
Las consecuencias legales de la modificación propuesta por el Poder Ejecutivo, implica la revocación de permisos a los empresarios que hagan mal uso o alteren las condiciones técnicas de los sistemas, ductos, instalaciones o equipos de suministro en el sector.