Suprema Corte revisará sanciones por piratería modificadas por T-MEC

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la CNDH luego de la campaña #NiCensuraNiCandados

Juan Pablo Reyes | El Sol de México

  · martes 25 de agosto de 2020

Foto: Reuters

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a la impugnación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra las reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Derechos de Autor, legislaciones modificadas ante la entrada en vigor del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y que imponen sanciones más severas para combatir la piratería.

Según el documento impulsado por la CNDH ante el máximo tribunal del país, estas reformas generan “posibles violaciones a la libertad de expresión, al derecho de propiedad, a la libertad de comercio o trabajo y a derechos culturales “.

La demanda de la CNDH impugna "los artículos 114 Quáter, 114 Quinquies, 114 Octies, fracciónes II, inciso a) -salvo su numeral 2- y b), y III, 232 Bis y 232 Ter de la Ley Federal del Derecho de Autor, así como de los diversos 427 Bis, 427 Ter y 427 Quáter del Código Penal Federal, adicionados mediante sendos Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 01 de julio de 2020.”

Esta acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión luego de la campaña #NiCensuraNiCandados, organizada por asociaciones civiles que denunciaron que el T-MEC incluye penas de cárcel por grabar o transmitir una copia ilegal de una película, sin autorización del titular de sus derechos de autor.

Con la entrada en vigor del nuevo T-MEC, las reglas aprobadas por los diputados y senadores mexicanos para igualar las condiciones en los tres países integrantes del acuerdo, hará más severas las medidas a la hora de compartir cualquier material con la nueva Ley de Derecho de Autor, han señalado especialistas en materia de derechos de usuarios en internet.

Los expertos consultados convienen que con el afán de regular la piratería y proteger a la industria de contenidos y a sus autores, en México se sobrerreguló la ley y causa suspicacia que puede llegar a la censura. Esta nueva ley, en su Artículo 231, establece que serán delito en materia de comercio, las siguientes conductas:

“Comunicar, poner a disposición o utilizar públicamente una obra protegida por cualquier medio y cualquier forma sin autorización previa y expresa de su autor...”.

Organizaciones y especialistas no gubernamentales en nuestro país, como R3D o Articulo 19, señalan que esta ley sobreregula el derecho a compartir materiales en internet y viola la libertad de expresión, incluso evitaría la reparación o modificación de fábrica de aparatos digitales como celulares.

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