/ martes 7 de abril de 2020

Usarán amparos para que AMLO active condonación de impuestos por daños de Covid-19

El artículo 39 del Código Fiscal de la Federación establece que el Ejecutivo Federal podrá condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones

Industriales, hoteleros y micro, pequeñas y medianas empresas seguirán la ruta legal de Cano Soto y Asociados, una empresa potosina, que interpuso un amparo para que el presidente Andrés Manuel López Obrador autorice la condonación de impuestos o exima el pago total o parcial de los impuestos por la epidemia grave de coronavirus (Covid-19) vivida actualmente en el país.

“Algunas micro y pequeñas empresas si nos ampararemos y nos declararemos en moratoria, porque no vamos a poder pagar impuestos”, manifestó Alejandro Salcedo Pacheco, presidente de la Asociación Latinoamericana de Micros, Pequeños y Medianos Empresarios (Alapyme).

“O soportamos a la planta laboral, gastos de operación, pago de rentas, teléfono, luz eléctrica y pago de impuestos, como quiere el presidente de la República: o es una cosa o es otra”, declaró el representante de 250 mil compañías dedicadas a la manufactura, comercio, servicios, agroindustria y otras actividades económicas.

Los amparos se darán hasta que esté la apertura de los tribunales federales, los cuales están cerrados por la contingencia sanitaria del coronavirus, manifestó a El Sol de México.

“Ante contingencias de esta índole y de orden nacional, como ya fue declarado por las autoridades, podemos solicitar a través de una amparo que se active la condonación de impuestos”, agregó Salcedo Pacheco.

El artículo 39 del Código Fiscal de la Federación establece que el Ejecutivo Federal podrá condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, así como autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.

Esa facultad fue utilizada por el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, cuando se dio el levantamiento armado en Chiapas en 1994.

En aquellos años las empresas quebraron y no hubo dinero para el pago de impuestos. Felipe Calderón también hizo uso de sus facultades cuando se declaró la contingencia sanitaria por la influenza en 2009.

Desde el 31 de marzo de 2020, cientos de empresas están detenidas sus operaciones por cumplir con un decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador para frenar la propagación del coronavirus en México.

“La empresa Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable, promovió juicio de amparo, mismo que fue radicado en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, bajo el número 293/2020, en contra de actos del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades”, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El secretario de Acuerdos del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí determinó otorgar una suspensión de plano para el efecto que el Presidente de la República se pronuncie sobre medidas en materia de condonar, eximir o prorrogar el pago de contribuciones federales y sus accesorios, derivado de la emergencia sanitaria.

“Es importante aclarar que la suspensión no se otorgó para que se condonaran impuestos, tal y como ha estado circulando en diversos medios de comunicación”, explicó la Secretaría de Hacienda.

“Todas las acciones están abiertas, incluidas el amparo”, manifestó Enoch Castellanos Férez, presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), quien está decepcionado con el plan de reactivación económica del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

Canacintra calcula que la crisis sanitaria por el coronavirus (Covid-19) y la económica dejará a un millón 400 mil trabajadores de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPYMES ) sin su empleo en México.

“Lo está analizando la parte legal, pero no se ha tomado ninguna decisión”, declaró Rafael García González, presidente de la Asociación de Hoteles de la Ciudad de México.


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“Algunas micro y pequeñas empresas si nos ampararemos y nos declararemos en moratoria, porque no vamos a poder pagar impuestos”, manifestó Alejandro Salcedo Pacheco, presidente de la Asociación Latinoamericana de Micros, Pequeños y Medianos Empresarios (Alapyme).

“O soportamos a la planta laboral, gastos de operación, pago de rentas, teléfono, luz eléctrica y pago de impuestos, como quiere el presidente de la República: o es una cosa o es otra”, declaró el representante de 250 mil compañías dedicadas a la manufactura, comercio, servicios, agroindustria y otras actividades económicas.

Los amparos se darán hasta que esté la apertura de los tribunales federales, los cuales están cerrados por la contingencia sanitaria del coronavirus, manifestó a El Sol de México.

“Ante contingencias de esta índole y de orden nacional, como ya fue declarado por las autoridades, podemos solicitar a través de una amparo que se active la condonación de impuestos”, agregó Salcedo Pacheco.

El artículo 39 del Código Fiscal de la Federación establece que el Ejecutivo Federal podrá condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, así como autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.

Esa facultad fue utilizada por el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, cuando se dio el levantamiento armado en Chiapas en 1994.

En aquellos años las empresas quebraron y no hubo dinero para el pago de impuestos. Felipe Calderón también hizo uso de sus facultades cuando se declaró la contingencia sanitaria por la influenza en 2009.

Desde el 31 de marzo de 2020, cientos de empresas están detenidas sus operaciones por cumplir con un decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador para frenar la propagación del coronavirus en México.

“La empresa Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable, promovió juicio de amparo, mismo que fue radicado en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, bajo el número 293/2020, en contra de actos del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades”, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El secretario de Acuerdos del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí determinó otorgar una suspensión de plano para el efecto que el Presidente de la República se pronuncie sobre medidas en materia de condonar, eximir o prorrogar el pago de contribuciones federales y sus accesorios, derivado de la emergencia sanitaria.

“Es importante aclarar que la suspensión no se otorgó para que se condonaran impuestos, tal y como ha estado circulando en diversos medios de comunicación”, explicó la Secretaría de Hacienda.

“Todas las acciones están abiertas, incluidas el amparo”, manifestó Enoch Castellanos Férez, presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), quien está decepcionado con el plan de reactivación económica del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

Canacintra calcula que la crisis sanitaria por el coronavirus (Covid-19) y la económica dejará a un millón 400 mil trabajadores de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPYMES ) sin su empleo en México.

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