/ jueves 28 de septiembre de 2023

Luis de Llano asegura que agotará todos los amparos tras sentencia por abuso a Sasha Sokol

Luis de Llano responde en un comunicado a la sentencia por daño moral en contra de Sasha Sokol que emitió este miércoles el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México

El productor de televisión Luis de Llano Macedo denunciado en un juicio civil por daño moral por la cantante Sasha Sokol, informó a través de un comunicado que agotará “los medios de impugnación a que tengo derecho para que finalmente, se decida en equidad sobre lo a mí reclamado y pueda gozar finalmente de un acceso verdadero de justicia”.

Luis de Llano mantuvo una relación sentimental con Sasha Sokol cuando ella tenía 14 años y él 39. Luego de que el ejecutivo normalizara en una entrevista esta situación, la cantante decidió emprender una denuncia en su contra.

El miércoles, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, confirmó la sentencia dictada en contra del productor por daño moral y además amplió los efectos de su condena, después de la apelación promovida en mayo pasado.

Te puede interesar: Luis de Llano reaparece en público tras perder juicio con Sasha Sokol

En su comunicado, De Llano Macedo manifiesta que, tal sentencia “no corresponde a lo demandado en el juicio y por el momento, en vista de la reciente resolución agotaré los medios de impugnación a que tengo derecho para que finalmente, se decida en equidad sobre lo a mí reclamado y pueda gozar finalmente de un acceso verdadero de justicia”.

El productor asegura que “a pesar de que existe en el juicio seguido en mi contra sentencia de primera y segunda instancia, no constituyen cosa juzgada y por tanto nada en lo que en ellas se refiere o contiene puede ser considerado verdad jurídica y son por tanto susceptibles de ser modificadas en todas sus partes”.

Confía en que “la justicia resolverá en el juicio de amparo correspondiente” su apelación, y acusa “múltiples violaciones, irregularidades e ilegalidades presentadas durante el proceso y sobre la cuales me he abstenido de hacer comentario alguno”.

Además de señalar “intereses oscuros y perversos que actúan en mi contra, que resultan evidentes ante los calificativos de conductas reprobables y referidas en los medios de comunicación”, el productor asegura que “de ninguna manera” ha cometido tales conductas, y “tampoco han sido demandados o reclamados en el proceso legal que enfrento”.

Sasha Sokol informó el miércoles en sus redes sociales del fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, explicando que fue posible gracias a la reforma al Código Penal Federal del pasado 11 de septiembre, que señala que "los delitos sexuales en contra de menores a nivel nacional ya no prescriben y por tanto, pueden ser sancionados sin importar el tiempo transcurrido".

A este respecto, De Llano Macedo enumera las reformas a los artículos “107 Bis, 205 Bis, 261, 266 y 266”, que, puntualiza, “fueron enviadas al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, en el mes de septiembre del presente año”.

Según el productor, “dichas reformas, establecen que la prescripción de un delito cometido en contra de una víctima persona (sic) menor de 18 años, comienza a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis, serán imprescriptibles.

Agrega que los delitos considerados en estos artículos del Código Penal Federal, “no contemplan ni describen el abuso sexual, sino que contemplan los delitos de pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia, conductas ellas de las cuales no tengo nada que ver, ni las he cometido de manera, ni en momento alguno de mi vida”.

El comunicado finaliza diciendo que “se aclara que la nueva regla de prescripción aludida es aplicable únicamente para los delitos cometidos a partir de su publicación en el Diario Oficial, aclaración que hago para evitar desinformar al público en general y evitar con ello que se produzca daño alguno”.

El productor de televisión Luis de Llano Macedo denunciado en un juicio civil por daño moral por la cantante Sasha Sokol, informó a través de un comunicado que agotará “los medios de impugnación a que tengo derecho para que finalmente, se decida en equidad sobre lo a mí reclamado y pueda gozar finalmente de un acceso verdadero de justicia”.

Luis de Llano mantuvo una relación sentimental con Sasha Sokol cuando ella tenía 14 años y él 39. Luego de que el ejecutivo normalizara en una entrevista esta situación, la cantante decidió emprender una denuncia en su contra.

El miércoles, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, confirmó la sentencia dictada en contra del productor por daño moral y además amplió los efectos de su condena, después de la apelación promovida en mayo pasado.

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En su comunicado, De Llano Macedo manifiesta que, tal sentencia “no corresponde a lo demandado en el juicio y por el momento, en vista de la reciente resolución agotaré los medios de impugnación a que tengo derecho para que finalmente, se decida en equidad sobre lo a mí reclamado y pueda gozar finalmente de un acceso verdadero de justicia”.

El productor asegura que “a pesar de que existe en el juicio seguido en mi contra sentencia de primera y segunda instancia, no constituyen cosa juzgada y por tanto nada en lo que en ellas se refiere o contiene puede ser considerado verdad jurídica y son por tanto susceptibles de ser modificadas en todas sus partes”.

Confía en que “la justicia resolverá en el juicio de amparo correspondiente” su apelación, y acusa “múltiples violaciones, irregularidades e ilegalidades presentadas durante el proceso y sobre la cuales me he abstenido de hacer comentario alguno”.

Además de señalar “intereses oscuros y perversos que actúan en mi contra, que resultan evidentes ante los calificativos de conductas reprobables y referidas en los medios de comunicación”, el productor asegura que “de ninguna manera” ha cometido tales conductas, y “tampoco han sido demandados o reclamados en el proceso legal que enfrento”.

Sasha Sokol informó el miércoles en sus redes sociales del fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, explicando que fue posible gracias a la reforma al Código Penal Federal del pasado 11 de septiembre, que señala que "los delitos sexuales en contra de menores a nivel nacional ya no prescriben y por tanto, pueden ser sancionados sin importar el tiempo transcurrido".

A este respecto, De Llano Macedo enumera las reformas a los artículos “107 Bis, 205 Bis, 261, 266 y 266”, que, puntualiza, “fueron enviadas al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, en el mes de septiembre del presente año”.

Según el productor, “dichas reformas, establecen que la prescripción de un delito cometido en contra de una víctima persona (sic) menor de 18 años, comienza a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis, serán imprescriptibles.

Agrega que los delitos considerados en estos artículos del Código Penal Federal, “no contemplan ni describen el abuso sexual, sino que contemplan los delitos de pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia, conductas ellas de las cuales no tengo nada que ver, ni las he cometido de manera, ni en momento alguno de mi vida”.

El comunicado finaliza diciendo que “se aclara que la nueva regla de prescripción aludida es aplicable únicamente para los delitos cometidos a partir de su publicación en el Diario Oficial, aclaración que hago para evitar desinformar al público en general y evitar con ello que se produzca daño alguno”.

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