Estos son los 5 acuerdos por los que el INAH aprobó Línea 7 del Metrobús

Manuel Cosme

  · viernes 23 de junio de 2017

Foto: Ulises Bravo | El Sol de México

El Gobierno de la Ciudad de México terminó por corregir elproyecto de la Línea 7 del Metrobús para cumplir con lasobservaciones técnicas del Instituto Nacional de Antropología eHistoria (INAH), a fin de garantizar la conservación de bienespatrimoniales, la no alteración del paisaje histórico urbano, lano afectación a monumentos históricos y el salvamento de bienesarqueológicos que pudieran aparecer en el subsuelo. Un día después de que las autoridades capitalinasaseguraron tener el visto bueno del organismo, dicha instituciónconfirmó que emitió su aval del proyecto denominado "Corredorvial de la Línea 7 del Metrobús y sus adecuaciones para elservicio complementario". En un comunicadoinformó que llegó a cinco acuerdos con las autoridades elGobierno de la Ciudad de México:

Corregir los emplazamientos de aquellas estaciones quecomprometían la libre apreciación de los monumentos, esculturas yjarrones históricos.

En la Calzada de los Misterios, se prevé su protección y larestauración de los 15 monumentos votivos en la banqueta oriente,tanto aquellos que son históricos, como los que fueron restituidosen el siglo XX.

El diseño de las estaciones de la Línea 7 del Metrobús debeser transparente, abierto y no protagónico.

Se modificarán los mástiles en la señalética de cadaestación, ubicando en su lugar estelas de baja altura sinpropaganda comercial.

La delimitación del carril exclusivo para el transporte seráresuelta mediante botones metálicos, discretos y respetuosos delentorno; respetar las áreas peatonales y los componentes de lastraza, evitando la construcción de bahías para autobuses.

El INAH y el Gobierno de la Ciudad de México tambiénconvinieron en colaborar en un programa integral de imagen urbana ycuidado de los valores patrimoniales históricos en el corredorestablecido por el trazo de la Línea 7 del Metrobús y el cualdebe incorporar las siguientes acciones: retiro y restricción deelementos publicitarios en las zonas patrimoniales protegidas.Retiro de mobiliario urbano irregular oinnecesario, por ejemplo antiguos parabuses, quioscos deperiódicos y venta de flores, puestos de comercio informal ypapeleras; elaboración de proyectos de intervención para los 15misterios, los conjuntos escultóricos, las esculturasindividuales, pedestales, jarrones, fuentes y bancas de cantera,con objeto de atender su limpieza, mantenimiento y restauración,bajo la supervisión de los institutos competentes (INAH eInstituto Nacional de Bellas Artes), y con el apoyo operativo yfinanciero del gobierno de la Ciudad de México.El Instituto Nacional de Antropología e Historiarecordó que suspendió las obras, por iniciar sin la autorizacióncorrespondiente y que podrían afectar el basamento de algunas delas esculturas de los héroes de la Reforma, incluso suspedestales, que son monumentos por determinación deley.

Además, requirió complementar las medidas de protección parael cuidado de dichos monumentos, que deben incorporarlos alproyecto constructivo del carril correspondiente y que asegure lapresencia de supervisión arqueológica en todo lo largo de laruta, por parte del área de Salvamento Arqueológico del INAH.

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Informó que la propuesta original del carrilconfinado, los paraderos, terminales, mobiliario urbano paraesperar y señalética de la Línea 7 del Metrobús  presentabanalgunas características que, de acuerdo con el criterio técnicode la institución, la autoridad debió modificar. De estamanera se cuido el paisaje histórico urbano, respetar laintegridad de los monumentos, fortalecer el carácter del sitiohistórico y favorecer la apreciación visual de los elementospresentes en la ruta. Finalmente, sostuvo quesu competencia en el asunto deriva de la Ley Federal sobreMonumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos yreglamento, toda vez que la ruta de 15 kilómetros de longitud quecubre la Línea 7 del Metrobús corre por vías que forman parte dela traza histórica de la Ciudad de México y en consecuencia debenser considerados monumentos históricos, por determinación deley. /amg

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