El alcalde de Benito Juárez, Luis Mendoza, suspendió esta noche las actividades de la Plaza de Toros por exceso de aforo y del Estadio Azul por incumplir las medidas de protección civil.
Mendoza aclaró en conferencia de prensa que no podía ofrecer detalles por un tema de secrecía jurídica; sin embargo, explicó que las sanciones pueden ser económicas y administrativas y aplicarán a cualquier apoderado legal de ambos recintos.
La Plaza de Toros, donde se realizó el concierto Coco por Día de Muertos, es de 42 mil personas, mientras que el del Estadio, donde esta noche jugó el Cruz Azul contra Santos es de casi 37 mil.
El alcalde primero colocó los sellos de suspensión en La Plaza de Toros y junto a personal de Protección Civil esperó la salida de los aficionados que todavía se encontraban pasadas las 11:30 horas adentro del recinto deportivo.
El aliancista señaló que la suspensión será retirada una vez que estos centros cumplan con los protocolos establecidos.
Asimismo, informó que esta decisión se tomó en conjunto con la jefatura de gobierno, encabezada por Clara Brugada.
“Todo es en bienestar de los vecinos y de todas las familias que vienen día con día a cualquier evento, a cualquier espectáculo de este tipo y si no cumplen con los temas de Protección Civil, mi obligación es conservar el orden”, señaló afuera de la Puerta 1 de la Plaza de Toros.
En la Ciudad de México todos los eventos con aforo superior a las 500 personas deben contar con un Programa Especial, el cual establece las medidas de prevención, establece la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.
Este instrumento debe ser presentado ante las autoridades locales para su aprobación y el incumplimiento de este puede derivar en sanciones.
“Si durante la visita de verificación, se constata que la información del Programa Especial no coincide con la realidad o falta documentación, se sancionará al Responsable Oficial de Protección Civil (o a quien elaboró el programa en caso de espectáculos tradicionales) y al propietario del establecimiento u organizador del evento”, establece la norma.
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“Las personas físicas o morales que no cuenten con el Programa Especial, estando obligadas a ello, o que el programa no cumpla con los requisitos, serán sancionadas con una multa de 200 a 5,000 UMA y la suspensión parcial o total de las actividades en caso de riesgo inminente”, agrega.