En la Ciudad de México se ha tenido un gran avance en cuanto a la legislación con respecto a los animales al reconocerlos en la Constitución como "seres sintientes" pues les han brindado una definición legal diferente a la de sólo "una cosa".
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La Ley Constitucional de Derechos Humanos establece que además de crear establecimientos para la atención de animales en abandono y fomentar la cultura de adopción, también operarán brigadas de vigilancia animal para responder a las necesidades de protección y rescate de animales en situación de riesgo.
Sin embargo, ahora se ha dado un paso atrás en cuanto al rescate de animales maltratados y aquí te explicamos la razón.
¿Por qué ya no podrán ingresar a las casas para rescatar animales?
Porque el inciso que establecía que la Brigada de Vigilancia Animal de la CDMX podía entrar a un lugar cerrado sin orden judicial al existir flagrancia en el maltrato animal desde el 16 de diciembre de 2020, fue impugnado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Posteriormente, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad de la brigada para ingresar a domicilios a rescatar animales maltratados, sin previa autorización judicial.
Ahora , la Brigada de Vigilancia Animal deberá contar con una orden de un juez para poder ingresar a cualquier domicilio a rescatar perritos, gatitos o cualquier animal que esté siendo maltratado.
¿Qué pasará con los casos donde ya fueron rescatados?
La Corte estableció que la invalidez decretada surtirá efectos retroactivos a la fecha en que entró en vigor la ley.
Lo anterior significa que en los procesos penales en los que la brigada rescató animales ingresando a domicilios sin previa autorización judicial, luego de que se aprobara dicha ley, podrían verse obligados a regresar a las mascotas si sus dueños así lo quisieran pues ahora se consideraría que fueron rescatados "de manera ilegal".
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Asimismo, las pruebas obtenidas por la brigada tampoco podrían ser tomadas en cuenta.
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