/ miércoles 21 de octubre de 2020

CDMX olvida plan anticrisis de rentas

Desde el Congreso quedó congelado el debate para una reforma que proteja a arrendatarios e inquilinos

La pandemia ha provocado la desocupación de viviendas en renta, afectando tanto a propietarios que dependen del alquiler, como a inquilinos que se ven desplazados por incapacidad de seguir costeando las rentas. Según estimaciones del presidente de la Comisión de Justicia del Congreso capitalino, Eduardo Santillán, 30 por ciento de las 633 mil 396 viviendas en renta que hay en la capital quedaron vacantes por esta problemática, pero aun así el Legislativo ha postergado el debate para aprobar una reforma que proteja a arrendatarios y arrendadores y el gobierno no ha presentado ningún programa emergente al respecto.

En julio diversas organizaciones sociales, entre ellas la Coalición Internacional para el Hábitat en América Latina (HIC), el Movimiento Urbano Popular, la Red de Desalojados de la Ciudad de México y la 06000 Plataforma Vecinal y Observatorio de la Colonia Juárez, propusieron reformar el Código Civil para dar mayor protección a inquilinos durante la contingencia sanitaria, la cual fue adoptada por la coordinadora de Morena en el Congreso, Martha Ávila y la diputada del mismo partido, Valentina Batres, pero congelada días después por las mismas legisladoras.

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La iniciativa proponía reformar los artículos 2398 y 2406, y adicionar los artículos 2406 Bis, 2425 Bis y 2431 Bis al Código Civil de la Ciudad de México. Se planteaba, entre otras cosas, que los contratos de arriendo no serían menores a tres años, que no se podría desalojar a un inquilino “aun por incumplimiento del pago de renta” o que no se solicitara “fianza o algún tipo de propiedad inmueble como garantía”. Sin embargo, fue criticada por propietarios e inmobiliarios como un atentado a la propiedad privada.

En entrevista con El Sol de México, Silvia Emanuelli, de la HIC-AL, reconoce que la iniciativa es perfectible, pero el problema de arriendo sigue, por lo que “nos proponemos reflexionar las principales críticas recibidas a la iniciativa y encontrarle una eventual solución. Se planteaban cuestiones estructurales que de alguna manera nos permitirían de aquí en adelante repensar la relación inquilinaria a partir de los derechos humanos, no exclusivamente desde la perspectiva del derecho civil. Sí creemos que sigue siendo relevante ese debate”.

Hasta el momento la Ciudad de México no ha emitido un programa emergente ni se han realizado modificaciones legislativas para intentar contener la crisis de rentas, que ha provocado que edificios enteros sean desocupados por inquilinos que ya no pueden pagar y que a su vez los propietarios se queden sin ingresos y, en algunos casos, deben seguir pagando los créditos bancarios que tramitaron para adquirir los departamentos que dan en renta, como ha informado El Sol de México en días pasados.

Cuestionado al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Eduardo Santillán reconoció que se trata de una crisis social y económica, por lo que están pensando en realizar foros en los que se escuchen todas las voces y de los que salga una conclusión que se pueda traducir en una reforma que tenga consenso entre la iniciativa privada y las organizaciones sociales. Adelantó que temas como que haya contratos obligatorios de tres años o que no se exijan fianzas están fuera de discusión por considerar que no tienen viabilidad.

Medidas en el mundo

Argentina. El 29 de marzo aprobaron medidas económicas y sociales que decretaban a nivel nacional la suspensión de desalojos por falta del pago de alquiler, congelamiento del cobro de rentas y de los créditos hipotecarios vencidas entre esa fecha y el 30 de septiembre.

Colombia. Del 15 de abril al 30 de junio se suspendieron los desalojos que tenían como objetivo la restitución de inmuebles ocupados por arrendatarios. Se aplazó el ajuste anual de renta y se estableció que los arrendatarios y arrendadores debían acordar condiciones especiales para el pago de las rentas.

España. Se expidieron micro créditos para que inquilinos que tuvieran dificultad para el pago de las rentas, se permitió la posibilidad de solicitar una moratoria en el pago del alquiler en caso de que los caseros fueran grandes propietarios de inmuebles, una empresa o fondo de inversión.





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La pandemia ha provocado la desocupación de viviendas en renta, afectando tanto a propietarios que dependen del alquiler, como a inquilinos que se ven desplazados por incapacidad de seguir costeando las rentas. Según estimaciones del presidente de la Comisión de Justicia del Congreso capitalino, Eduardo Santillán, 30 por ciento de las 633 mil 396 viviendas en renta que hay en la capital quedaron vacantes por esta problemática, pero aun así el Legislativo ha postergado el debate para aprobar una reforma que proteja a arrendatarios y arrendadores y el gobierno no ha presentado ningún programa emergente al respecto.

En julio diversas organizaciones sociales, entre ellas la Coalición Internacional para el Hábitat en América Latina (HIC), el Movimiento Urbano Popular, la Red de Desalojados de la Ciudad de México y la 06000 Plataforma Vecinal y Observatorio de la Colonia Juárez, propusieron reformar el Código Civil para dar mayor protección a inquilinos durante la contingencia sanitaria, la cual fue adoptada por la coordinadora de Morena en el Congreso, Martha Ávila y la diputada del mismo partido, Valentina Batres, pero congelada días después por las mismas legisladoras.

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La iniciativa proponía reformar los artículos 2398 y 2406, y adicionar los artículos 2406 Bis, 2425 Bis y 2431 Bis al Código Civil de la Ciudad de México. Se planteaba, entre otras cosas, que los contratos de arriendo no serían menores a tres años, que no se podría desalojar a un inquilino “aun por incumplimiento del pago de renta” o que no se solicitara “fianza o algún tipo de propiedad inmueble como garantía”. Sin embargo, fue criticada por propietarios e inmobiliarios como un atentado a la propiedad privada.

En entrevista con El Sol de México, Silvia Emanuelli, de la HIC-AL, reconoce que la iniciativa es perfectible, pero el problema de arriendo sigue, por lo que “nos proponemos reflexionar las principales críticas recibidas a la iniciativa y encontrarle una eventual solución. Se planteaban cuestiones estructurales que de alguna manera nos permitirían de aquí en adelante repensar la relación inquilinaria a partir de los derechos humanos, no exclusivamente desde la perspectiva del derecho civil. Sí creemos que sigue siendo relevante ese debate”.

Hasta el momento la Ciudad de México no ha emitido un programa emergente ni se han realizado modificaciones legislativas para intentar contener la crisis de rentas, que ha provocado que edificios enteros sean desocupados por inquilinos que ya no pueden pagar y que a su vez los propietarios se queden sin ingresos y, en algunos casos, deben seguir pagando los créditos bancarios que tramitaron para adquirir los departamentos que dan en renta, como ha informado El Sol de México en días pasados.

Cuestionado al respecto, el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Eduardo Santillán reconoció que se trata de una crisis social y económica, por lo que están pensando en realizar foros en los que se escuchen todas las voces y de los que salga una conclusión que se pueda traducir en una reforma que tenga consenso entre la iniciativa privada y las organizaciones sociales. Adelantó que temas como que haya contratos obligatorios de tres años o que no se exijan fianzas están fuera de discusión por considerar que no tienen viabilidad.

Medidas en el mundo

Argentina. El 29 de marzo aprobaron medidas económicas y sociales que decretaban a nivel nacional la suspensión de desalojos por falta del pago de alquiler, congelamiento del cobro de rentas y de los créditos hipotecarios vencidas entre esa fecha y el 30 de septiembre.

Colombia. Del 15 de abril al 30 de junio se suspendieron los desalojos que tenían como objetivo la restitución de inmuebles ocupados por arrendatarios. Se aplazó el ajuste anual de renta y se estableció que los arrendatarios y arrendadores debían acordar condiciones especiales para el pago de las rentas.

España. Se expidieron micro créditos para que inquilinos que tuvieran dificultad para el pago de las rentas, se permitió la posibilidad de solicitar una moratoria en el pago del alquiler en caso de que los caseros fueran grandes propietarios de inmuebles, una empresa o fondo de inversión.





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