/ viernes 17 de abril de 2020

Estos son los protocolos que seguirán en la CDMX para cuerpos de fallecidos por Covid-19

Se contemplan varios escenarios: cuando la víctima muere en su domicilio; cuando muere en un hospital público o privado; o cuando muera en el espacio público

Este viernes el gobierno de la Ciudad de México dio a conocer los protocolos para el Manejo de Personas Fallecidas por Covid-19, que contempla varios escenarios: cuando la víctima muere en su domicilio, cuando muere en un hospital público o privado o cuando la víctima muera en el espacio público. Para los tres casos también se considera que la persona fallecida no tenga familiares que respondan por el cuerpo.

Muerte en vía pública con familiar ubicado

En conferencia de prensa desde el Antiguo Palacio del Ayuntamiento, el consejero jurídico, Néstor Vargas, explicó que en el caso de las personas que mueran por Covid-19 en la vía pública el protocolo dicta que se hará el reporte al 911 o a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, que a su vez dará parte al Ministerio Público y éste a su vez a Servicios Periciales de la Fiscalía General de Justicia para que un médico legisla emita el certificado médico.

Foto: Omar Flores | El Sol de México

Posterior a la remoción del cuerpo, la alcaldía donde haya ocurrido el deceso realizará una sanitización del espacio público donde ocurrió la muerte y la Secretaría de Salud procederá con un cerco y seguimiento epidemiológico. En caso de que la víctima sí tenga un familiar respondiente, éste tomará la decisión si recurre a los servicios funerarios gratuitos del gobierno o si lo hace por su cuenta, a lo que procederá la inhumación o cremación.

Muerte en vía pública sin familiar ubicado

El protocolo será el mismo que el anterior, sin embargo, cuando la víctima no tenga un familiar que responda por el cuerpo, tomará conocimiento del caso la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a través del Instituto de Ciencias Forenses, que a su vez dará parte a la Comisión de Búsqueda para que active sus protocolos de búsqueda de los familiares y el cadáver será inhumado en fosa común.

Muerte en domicilio con familiar ubicado

Cuando una persona pierda la vida en su domicilio a causa del Covid-19 o por síntomas sospechosos de la enfermedad y haya un familiar respondiente, éste deberá hacer el reporte a la Policía, el 911 o Locatel, que a su vez dará parte a la Secretaría de Salud y el Registro Civil para que emita el certificado médico de defunción.

Foto: Roberto Hernández | El Sol de México

Posteriormente personal de la Agencia de Protección Sanitaria se presentará en el domicilio para hacer una sanitización a profundidad y la Secretaría de Salud hará el cerco epidemiológico que incluirá seguimiento y aislamiento de los contactos que tuvo la víctima.

El familiar respondiente deberá tomar la decisión de apegarse a los servicios funerarios gratuitos del gobierno o si lo hace por su cuenta, a lo que seguirá la inhumación o cremación, según la decisión de la familia.

Muerte en domicilio sin familiar ubicado

Cuando la persona fallezca en su domicilio por Covid-19 o síntomas relacionados y no tenga un familiar respondiente, se tomará como un caso médico legal y será la Fiscalía, a través del Instituto de Ciencias Forenses quien tome conocimiento del mismo. Se dará parte a la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México para el rastreo de los posibles familiares y el cadáver será inhumado en fosa común.

Foto: AFP

Como en el caso anterior la agencia de Protección Sanitaria también hará la sanitización profunda de la vivienda y la Secretaría de Salud hará el cerco y seguimiento epidemiológico con el fin de evitar o atender casos sospechosos de Covid-19.

Muerte en hospital público o privado

De acuerdo con el protocolo elaborado por la Consejería Jurídica –en coordinación con la Secretaría de Gobierno, de Salud, Obras, Seguridad Ciudadana y Alcaldías- cuando la muerte ocurra en un hospital público, se seguirá exactamente el mismo procedimiento que si ocurre en un domicilio, con las mismas variantes sobre si hay o no un familiar respondiente, y se incluirá la sanitización y el cerco epidemiológico.

Foto: Cuartoscuro

Cuando el deceso sea en un hospital privado, será la misma institución de salud privada la que emita el certificado médico de defunción para que posteriormente el Registro Civil emita el acta de defunción. También se seguirán los mismos protocolos: la familia decidirá si inhuma o crema a su familiar o en caso de que no haya respondiente, el cuerpo iría a fosa común y se daría vista a la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.


Este viernes el gobierno de la Ciudad de México dio a conocer los protocolos para el Manejo de Personas Fallecidas por Covid-19, que contempla varios escenarios: cuando la víctima muere en su domicilio, cuando muere en un hospital público o privado o cuando la víctima muera en el espacio público. Para los tres casos también se considera que la persona fallecida no tenga familiares que respondan por el cuerpo.

Muerte en vía pública con familiar ubicado

En conferencia de prensa desde el Antiguo Palacio del Ayuntamiento, el consejero jurídico, Néstor Vargas, explicó que en el caso de las personas que mueran por Covid-19 en la vía pública el protocolo dicta que se hará el reporte al 911 o a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, que a su vez dará parte al Ministerio Público y éste a su vez a Servicios Periciales de la Fiscalía General de Justicia para que un médico legisla emita el certificado médico.

Foto: Omar Flores | El Sol de México

Posterior a la remoción del cuerpo, la alcaldía donde haya ocurrido el deceso realizará una sanitización del espacio público donde ocurrió la muerte y la Secretaría de Salud procederá con un cerco y seguimiento epidemiológico. En caso de que la víctima sí tenga un familiar respondiente, éste tomará la decisión si recurre a los servicios funerarios gratuitos del gobierno o si lo hace por su cuenta, a lo que procederá la inhumación o cremación.

Muerte en vía pública sin familiar ubicado

El protocolo será el mismo que el anterior, sin embargo, cuando la víctima no tenga un familiar que responda por el cuerpo, tomará conocimiento del caso la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a través del Instituto de Ciencias Forenses, que a su vez dará parte a la Comisión de Búsqueda para que active sus protocolos de búsqueda de los familiares y el cadáver será inhumado en fosa común.

Muerte en domicilio con familiar ubicado

Cuando una persona pierda la vida en su domicilio a causa del Covid-19 o por síntomas sospechosos de la enfermedad y haya un familiar respondiente, éste deberá hacer el reporte a la Policía, el 911 o Locatel, que a su vez dará parte a la Secretaría de Salud y el Registro Civil para que emita el certificado médico de defunción.

Foto: Roberto Hernández | El Sol de México

Posteriormente personal de la Agencia de Protección Sanitaria se presentará en el domicilio para hacer una sanitización a profundidad y la Secretaría de Salud hará el cerco epidemiológico que incluirá seguimiento y aislamiento de los contactos que tuvo la víctima.

El familiar respondiente deberá tomar la decisión de apegarse a los servicios funerarios gratuitos del gobierno o si lo hace por su cuenta, a lo que seguirá la inhumación o cremación, según la decisión de la familia.

Muerte en domicilio sin familiar ubicado

Cuando la persona fallezca en su domicilio por Covid-19 o síntomas relacionados y no tenga un familiar respondiente, se tomará como un caso médico legal y será la Fiscalía, a través del Instituto de Ciencias Forenses quien tome conocimiento del mismo. Se dará parte a la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México para el rastreo de los posibles familiares y el cadáver será inhumado en fosa común.

Foto: AFP

Como en el caso anterior la agencia de Protección Sanitaria también hará la sanitización profunda de la vivienda y la Secretaría de Salud hará el cerco y seguimiento epidemiológico con el fin de evitar o atender casos sospechosos de Covid-19.

Muerte en hospital público o privado

De acuerdo con el protocolo elaborado por la Consejería Jurídica –en coordinación con la Secretaría de Gobierno, de Salud, Obras, Seguridad Ciudadana y Alcaldías- cuando la muerte ocurra en un hospital público, se seguirá exactamente el mismo procedimiento que si ocurre en un domicilio, con las mismas variantes sobre si hay o no un familiar respondiente, y se incluirá la sanitización y el cerco epidemiológico.

Foto: Cuartoscuro

Cuando el deceso sea en un hospital privado, será la misma institución de salud privada la que emita el certificado médico de defunción para que posteriormente el Registro Civil emita el acta de defunción. También se seguirán los mismos protocolos: la familia decidirá si inhuma o crema a su familiar o en caso de que no haya respondiente, el cuerpo iría a fosa común y se daría vista a la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México.


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