A través de dos iniciativas de reformas, el gobierno de la ciudad impulsa que el permiso de paternidad se extienda a 45 días para mejorar con ello las condiciones de participación igualitaria y corresponsable de los hombres en el cuidado y crianza de las hijas e hijos y en las tareas del hogar.
La primera iniciativa, presentada ante el Congreso de la Ciudad de México, busca reformar el Artículo 21 fracción II, inciso A) numeral 2, de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en la Ciudad de México, el cual contempla actualmente un permiso por 15 días a los padres por consanguinidad o adopción y a las madres por adopción.
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La propuesta busca que los padres puedan gozar el mismo período establecido por maternidad posterior al parto, esto es, 45 días, lo mismo las madres por adopción; la ampliación del periodo favorecerá la formación del vínculo afectivo desde temprana edad, factor de vital importancia para el desarrollo del recién nacido.
La segunda iniciativa, presentada también al poder legislativo local, busca que éste remita al Congreso de la Unión la propuesta de reforma al artículo 132, fracción XXVII Bis de la Ley Federal del Trabajo y adicionar un segundo párrafo al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, a efecto de otorgar a los trabajadores el permiso de paternidad por 45 días naturales con goce de sueldo, por el nacimiento o adopción de un infante. El permiso de paternidad será en todo momento un derecho irrenunciable.
En tercer lugar, la Jefa de Gobierno emitirá un Acuerdo de conformidad con las atribuciones previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución de la Ciudad de México y demás ordenamientos, para que los padres trabajadores de la Administración Pública de la ciudad puedan gozar de un permiso de paternidad de hasta 45 días naturales posteriores al parto o procedimiento de adopción para el cuidado de sus hijas e hijos recién nacidos, periodo en que percibirán el equivalente a 100 por ciento de su salario bruto mensual, bajo el concepto denominado “permiso retribuido”.