El gobierno de la Alcaldía de Xochimilco instauró el uso obligatorio de cubrebocas en áreas públicas y comunes, así como en calles, trasporte público y comercios de la demarcación con el fin de frenar los contagios de Covid-19.
La información detallada fue expuesta en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México publicada este 19 de marzo donde se advierte que quienes desobedezcan esta medida serán remitidos al juzgado cívico o serán acreedores a una sanción administrativa correspondiente.
El informe indica que el uso obligatorio de cubrebocas será en los siguientes lugares:
- Calles
- Avenidas
- Plazas
- Áreas Verdes O Comunes
- Jardines
- Parques
- Senderos
- Comercios en vía pública (tianguis, bazares)
- Áreas Deportivas, de Recreo o esparcimiento
- Plazas Comerciales
- Mercados
- Templos Religiosos De Cualquier Denominación
El mandato también ordena el uso del cubrebocas al interior de inmuebles públicos destinados a la prestación de servicios públicos y cualquier lugar destinado a la prestación de actividades comerciales, sociales, gubernamentales y educativas. También será obligatorio en unidades de transporte público o concesionado.
También dieron a conocer, con carácter de obligatorio, una serie de reglas básicas para todas las actividades económicas y establecimientos comerciales permitidas en esta alcaldía.
Medidas a implementar:
Los vecinos de la demarcación deben utilizar de forma OBLIGATORIA elementos de protección personal
- 1 Uso de cubrebocas.
- 2. Colocación de filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura (no mayor a 37.5° C), al ingreso del personal, proveedores y clientes.
- 3. Mantener la sana distancia de 1.5 mts entre todas las personas, trabajadores y clientes
- 4. Colocación de dispensadores de gel antibacterial y desinfección permanente de superficies y espacios comunes (mínimo 6 veces x día).
- 5. Uso de ventilación natural, en su caso el sistema de ventilación sólo podrá operar con recirculación de un mínimo de 30% hacia el exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida
- 6. Registro obligatorio de reactivación en https://covid19.cdmx.gob.mx/medidassanitarias.
- 7 Si se cuenta con más de 30 trabajadores deberán realizar un número de pruebas equivalentes al 5% de sus empleados de forma semanal.
- 8 Los casos positivos se deben resguardas 15 días en sus casas y los casos sospechosos se deben resguardar en sus casas hasta recibir un diagnostico negativo.