En las dependencias del gobierno de la Ciudad de México no existen mecanismos de prevención, atención, investigación y, en su caso, sanción para la violencia contra las mujeres, concluyó una recomendación de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, a propósito de dos quejas de trabajadoras del Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC).
La queja y la denuncia de dos trabajadoras sobre acoso y hostigamiento laboral y sexual en el Metro, que originó la recomendación 15 /2022 de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDH) emitida el 28 de noviembre, reveló que esas prácticas son añejas y ocurren de la misma manera en las instituciones y dependencias del Gobierno de la Ciudad de México, donde no existe ninguna política visible y efectiva contra la violencia de género, a casi cuatro años de gobierno y la autodeclaración de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, de la que siempre se ofrecen resultados.
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La recomendación agrega que “tampoco se notó la intención de la autoridad en implementarlo”.
La discriminación, el acoso sexual y laboral, y el atentando a la dignidad de las trabajadoras del Metro y del gobierno de la Ciudad de México están normalizadas y se han perpetuado durante años, aunque de manera particular en el Metro donde laboran más de ocho mil 200 mujeres, quienes representan 38.6 por ciento de más de 14 mil 100 trabajadores.
En el caso de las dos víctimas directas, que se quejaron por hechos sucedidos en 2019 y 2020, en lugar de recibir protección, fueron revictimizadas y desacreditadas por haber denunciado a jefes y pares de acoso y hostigamiento sexual.
La indagatoria para construir la recomendación también reveló que se mantiene un ambiente laboral hostil contra las mujeres, en una dependencia y otras, lo que perpetúa el machismo y como en todas las dependencias de la ciudad no operan los órganos de control internos, ni las oficinas encargadas de velar por la no violencia contra las trabajadoras.
La recomendación de más de 100 páginas resulta en un documento profundo que aborda todas y cada una de las violaciones a los derechos humanos de las trabajadoras quejosas, cuya investigación mostró que lo mismo está sucediendo en la administración de la Ciudad de México.
En estos dos casos, discriminación y mal trato, se agudizaron a raíz de las quejas y las denuncias penales radicadas en la Fiscalía de la Ciudad, donde hay abiertas dos carpetas de investigación sin resultados durante más de tres años.
“Cabe precisar, que en ninguna de las respuestas emitidas por la autoridad se incluyó información relativa a la existencia de un mecanismo de prevención, atención, investigación y, en su caso, sanción de la violencia contra mujeres, tampoco se notó la intención de la autoridad en implementarlo. Es importante mencionar que estas prácticas se han perpetuado durante años, pues en el presente instrumento recomendatorio se hacen notar las mismas deficiencias en las instituciones y dependencias del Gobierno de la Ciudad de México y de manera particular del STC”, relata textualmente el documento.
La primera víctima directa realizaba funciones en uno de los talleres, las cuales comprendían mantener los equipos e instalaciones electrónicas, eléctricas, mecánicas, hidráulicas y de vías, y atender las averías que presentaran los mismos, y la segunda víctima directa se encuentra desarrollando labores de conducción, ambas funciones hechas históricamente por hombres, en virtud de una percepción patriarcal de la división del trabajo que permea aún en nuestros días no solo en el ámbito familiar sino también en el profesional, lo que ha implicado someter a quienes rompen dichos paradigmas a estigmatización, discriminación y violencia, como en los casos que nos ocupan.
La recomendación de referencia obliga a las autoridades de la capital del país, que, para el Metro, las deben cumplir en un plazo de 15 días y a reparar las violaciones a los derechos humanos que las denunciantes siguen sufriendo.
Según se lee en la recomendación, en el Metro, la queja que ambas trabajadoras iniciaron desde el día de los hechos, en lugar de atenderlas, se les revictimizó y desacreditó, a pesar de los procedimientos administrativos que se iniciaron con motivo de los hechos en el órgano de control interno.
Ellas hicieron del conocimiento de sus superiores jerárquicos del acoso laboral y sexual, sin ser atendidas, ni escuchadas. Al contrario, fueron sometidas a burlas y obligadas a volver al trabajo, junto al acosador, abusador sexual en un caso, que volvió a tocar su pelvis.
La recomendación 15 /2022 al Metro conmina a su director, Guillermo Calderón, a admitirla y apurar la reparación. Preocupa que además de lo que vivieron esas dos trabajadoras, ahora fueron entorpecidas para realizar sus labores, violando el derecho humano al trabajo, la no discriminación, afectación a su integridad personal y discriminación por las ofensas laborales y sexuales ocurridas en abril de 2019 y marzo de 2020.
La Comisión concluye que se vive ese ambiente laboral hostil, lo que denota una conducta repetida en esa dependencia donde se les sigue violando a las quejosas cinco derechos humanos documentados sobre distintas formas de violencia que la institución tiene normalizadas.
La recomendación y las investigaciones de los hechos que motivaron los expedientes de queja estuvieron a cargo de la Quinta Visitaduría General que el metro deberá admitir y reparar.
El texto de la recomendación, de más de 100 páginas, señala que la información recibida por parte de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, constató que hay carpetas de investigación iniciadas por las propias víctimas; también requirió informes y otros datos del Órgano Interno de Control en el STC, se recabaron indicios y medios de prueba que fortalecieron la convicción de las violaciones a derechos humanos referidas por las personas peticionarias y agraviadas, y se identificó a las personas servidoras públicas que intervinieron en ellas.
La recomendación comprobó que en esa dependencia del gobierno de la Ciudad de México persisten formas de violencia que se encuentran normalizadas en el ámbito laboral, puesto que las dos víctimas directas identificadas fueron agredidas tanto por personas que forman parte de la estructura jerárquica laboral -en la modalidad de hostigamiento laboral y sexual-, como por sus pares -en la modalidad de acoso laboral y sexual-.
De acuerdo con el organismo de Derechos Humanos de la Ciudad de México la violencia que ambas mujeres vivieron lesionó sus derechos a una vida libre de violencia, a la igualdad y no discriminación.
“El alcance de tales violaciones a derechos humanos se agravó ante la omisión de una política institucional integral que garantizara un mecanismo eficaz para la prevención, atención, investigación y de ser el caso, sanción y reparación de actos de violencia de género, lo que fortaleció un clima de impunidad que también tuvo por efecto la victimización secundaria de ambas mujeres y la afectación a su desarrollo profesional”, agregó en un comunicado.
La Comisión solicitó al Metro diseñar e instrumentar una política institucional en contra de la violencia de género en el ámbito laboral acorde con el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Violencia y el Acoso, ratificado por nuestro país y que obliga a generar ambientes laborales al margen de la violencia contra las mujeres, que ahora forma parte de la Constitución.
Los hechos
Los hechos materia de las quejas se suscitaron el 15 de abril de 2019 y marzo de 2020 y en esas mismas fechas la Comisión tuvo conocimiento de los mismos dentro del plazo señalado, por lo que contó con la competencia para iniciar la investigación que concluye con la recomendación 15/2022, así como las afectaciones derivadas de las violaciones a los derechos humanos continúan a más de dos años de los hechos.
La violencia institucional ejercida en contra de las víctimas al momento de hacer del conocimiento de sus superiores jerárquicos los actos de discriminación y violencia que estaban viviendo y la falta de mecanismos para denunciar son el entorpecimiento para continuar con sus funciones en un ambiente libre de violencia y la estigmatización de las víctimas en el entorno laboral.
También la falta de medidas de protección para las víctimas, la ausencia de asesoría jurídica y acompañamiento adecuado y la omisión en el acceso a la justicia con perspectiva de género, enfoque de interseccionalidad y análisis de contexto.
A la lista se suma la revictimización y desacreditación de las víctimas durante los procedimientos administrativos que se iniciaron con motivo de los hechos que hicieron del conocimiento de sus superiores jerárquicos.
La Comisión de Derechos Humanos mostró su preocupación ante las condiciones laborales en las que las mujeres trabajadoras del Metro desarrollan su empleo, a quienes ante la ausencia de medidas efectivas de prevención, protección, atención, investigación y, de ser el caso, sanción y reparación de los actos de violencia, se les coloca en una condición de riesgo que impacta de manera directa en las víctimas y provoca diversas afectaciones en su desarrollo laboral y profesional, estabilidad psicoemocional, salud e incluso en su contexto familiar y que también incide en el ambiente laboral que persiste después de ocurridos los hechos.
Agrega que en virtud que en los casos documentados materia del presente instrumento, una vez que el Metro fija las condiciones de trabajo para las mujeres, ya sea en el taller de mantenimiento o en la conducción de un convoy, ellas deben ser protegidas particularmente debido a que el entorno laboral, que les es cotidiano a estas mujeres no consideró las particularidades de un ambiente que resulta adverso en cualquier momento, en función de las relaciones interpersonales.
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