El salario de concejales detuvo la aprobación del dictamen de la ley de alcaldías, mientras los diputados locales del PRI y Morena proponían 11 mil pesos mensuales, los del PAN y PRD buscaban 40 mil.
Los priistas y morenistas coincidieron en que el trabajo de los concejales que integrarán la alcaldía no implicará demasiada responsabilidad como para percibir un salario cercano al de un diputado local y del propio alcalde, otra figura que se integrará por la nueva Constitución de la Ciudad de México.
La obligación de los concejales será sesionar una vez al mes, y sólo participar en la revisión del presupuesto y no en su elaboración, lo que motivó a los asambleístas oponerse a que perciban 40 mil pesos.
El presidente de la Comisión de la Administración Pública Local, Adrián Rubalcava comentó que si se aceptaba la propuesta de los panistas y perredista se estaría destinando solo en pagos de salarios cerca de 100 millones de pesos para los también conocidos como ediles.
“Impactaría de manera importante en el presupuesto de las alcaldías, que es un recurso que debe beneficiar a la ciudadanía porque es un gasto que va encaminado para el pago de servicios en pro de la ciudadanía, entonces estaríamos engrosando de manera importante lo que es la burocracia”, expuso.
Los diputados locales priistas y de Morena al final cedieron y proponen máximo 20 mil pesos brutos, quedando 16 mil netos mensuales.
El legislador, José Alfonso Suárez del Real, comentó que cedieron en incrementar la cifra con la finalidad para que salga el paquete de alcaldías.
“Por pesos y centavos estamos deteniendo una ley que se trabajó 15 meses, y se participó de manera abierta, incluyendo especialistas y que podíamos estar aprobando hoy (ayer) su dictámen”, declaró.
La reforma política de la CdMx dio origen a los órganos políticos administrativos denominados alcaldías, el dictamen propone que las personas integrantes de la alcaldía se elegirán por planillas de entre siete y 10 candidatos, según corresponda, ordenadas en forma progresiva, iniciando con la persona candidata a alcalde o alcaldesa y después con las y los concejales.
Las fórmulas estarán integradas por personas del mismo género, de manera alternada, y deberán incluir personas jóvenes con edad entre los 18 y 29 años de edad.
En ningún caso el número de las y los concejales podrá ser menor de 10 ni mayor de 15, ni se otorgará registro a una planilla en la que algún ciudadano aspire a ocupar dos cargos de elección popular dentro de la misma.
Las y los integrantes serán electos según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional en 60% por ciento por el primer principio y 40% por el segundo. Ningún partido político o coalición electoral podrá contar con más del 60%.
El número de concejales de representación proporcional que se asigne a cada partido, así como a las candidaturas independientes, se determinará en función del porcentaje de votos efectivos obtenidos. Las alcaldesas y los alcaldes y concejales podrán ser electos consecutivamente para el mismo cargo, hasta por un periodo adicional.