A partir de este 1 de enero de 2020 la comercialización y distribución de bolsas de plástico de un solo uso quedará prohibida en la Ciudad de México, por lo que la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) recordó que habrá multas para quien incumpla con esta disposición, aunque descartó que estas sanciones estén dirigidas a los ciudadanos.
La prohibición de la comercialización y distribución de las bolsas plásticas de un solo uso deriva de la modificación que hizo el Congreso de la Ciudad de México a la Ley de Residuos Sólidos, misma que también prohibirá el uso de popotes y cubiertos plásticos a partir de enero de 2021 y está orientada a disminuir el impacto ambiental de estos productos
En la Ciudad de México se generan cada día 128 toneladas de productos plásticos de un solo uso y se calcula que al año cada capitalino desecha 650 bolsas de plástico, por lo que serían casi seis millones de bolsas de plástico al año las que se generarían en la capital mexicana.
Hace unos días, la secretaria del Medio Ambientes, Marina Robles informó que se reforzará la campaña informativa, tanto en plataformas digitales como en las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo y del Metrobús
Recordó que hace unos días se llevó a cabo la firma de un acuerdo con tiendas y plazas comerciales de 11 grupos empresariales, en el que se comprometieron a estimular ante la población el respeto a esta prohibición. Como parte de este acuerdo, durante el mes de enero las empresas repartirán a sus clientes bolsas de tela y otros materiales sustentables.
¿Qué hacer si negocios violan la regla?
Los establecimientos mercantiles que vendan o distribuyan bolsas desechables a partir del 1 de enero de 2020 serán acreedores a una multa económica que va de los 42 mil a los 170 mil pesos, y estas sanciones estarán dirigidas a los negocios, no así para las personas que pudieran usar y desechar las bolsas plásticas.
La titular de Sedema refirió que aquellos habitantes que observen este tipo de prácticas de parte de los establecimientos los podrá denunciar en Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental de la Sedema o en el Instituto de Verificación Administrativa (Invea).
“El corazón de la modificación a la ley no está centrada en la sanción, por supuesto la ley lo establece, pero no es ahí el motor de la modificación, lo que busca es una reeducación, un compromiso y una voluntad de una sociedad a quererse transformar y tener condiciones del medio que lo rodea mejores”, indicó la funcionaria.
Robles García llamó a la ciudadanía a encontrar también soluciones prácticas para recoger sus productos, y recordó que los establecimientos podrán hacer algunas excepciones.
“Están ligadas a aquello que por salud y por salubridad todavía no existen materiales que nos permitan asegurar que verdaderamente cumplimos con una norma que proteja la salud de las personas”, detalló.