El Gobierno capitalino publicó este viernes en la Gaceta Oficial el decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para los motociclistas en la Ciudad de México. Estos cambios entran en vigor el 24 de septiembre de 2023.
La Secretaría de Gobierno (SECGOB), la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) y la Subsecretaría de Control de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), destacan que el objetivo principal de estos cambios es salvar vidas, como lo mencionó el pasado 9 de agosto el Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama.
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"Lo que nos interesa aquí es salvar vidas, eso es lo más importante, salvar vidas, proteger la integridad física de las personas y cuidar los bienes de las personas, incluso, cuidar las motocicletas de las personas, por eso, y para cuidar al conjunto de la población civil que también se encuentra alrededor del uso de la motocicleta, es que realizamos estas medidas”, destacó el mandatario capitalino.
En las modificaciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México quedan establecidas las siguientes normativas:
- Los motociclistas deberán llevar a bordo sólo la cantidad de personas que señale la tarjeta de circulación.
- Se hace obligatorio el uso de casco protector con las especificaciones de seguridad requeridas para estos vehículos: contar con armazón con barrera rígida que aporta mayor protección; relleno amortiguador de 3 a 4 centímetros de espesor para absorber impactos; relleno de confort que contribuye a que el casco se ajuste correctamente a la cabeza; un sistema de retención que mantiene el casco en la cabeza durante una colisión, donde por acción de la inercia el mismo tiende a salirse de su lugar, que consta de correas, anclajes y mecanismo de cierre o abrochado; y visor que garantice la correcta visibilidad y resistencia ante el impacto de objetos.
- Se establece que solo personas mayores de edad podrán conducir motocicletas y portar licencia tipo A1, A2 o permanente.
- Se adiciona que los vehículos podrán contar con tarjeta de circulación en formato físico o digital.
En caso de incumplimiento con las normas establecidas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, se procederá a la remisión al depósito vehicular de las motocicletas o motonetas y los conductores podrán recibir una multa equivalente a 20, 25, 30, 40 o 50 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y de tres a seis puntos a la licencia para conducir.
También se publicó en la Gaceta Oficial, el beneficio de 50 por ciento de descuento en el pago de los derechos por los servicios de control vehicular que corresponden al trámite de alta y emplacamiento de motocicletas y motonetas ante las oficinas de Administración Tributaria y Centros de Servicios de la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF), las personas interesadas deberán presentar los documentos correspondientes que acrediten la propiedad del vehículo.
Este beneficio estará vigente hasta el 24 de septiembre de 2023.
Nota publicada en La Prensa