Trasladarse en la Ciudad de México en los distintos medios de transporte público como Metro, Metrobús, Trolebús, Red de Transporte de Pasajeros y el Tren Ligero no sólo es seguro al utilizarlos, sino que además cuentan con pólizas que cubren afectaciones a los usuarios.
El Reglamento de la Ley de Movilidad establece que todo vehículo o sistema de transporte de pasajeros, público o concesionado, deben contar con un seguro de responsabilidad civil por daños y perjuicios.
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Sin embargo, muchos usuarios ignoran que cuentan con un seguro y por eso es importante que todos lo que utilicen cualquier medio de transporte de pasajeros conozcan sus derechos.
¿Qué cubre el seguro?
De acuerdo con el Seguro Integral de Daños los seguros cubren lo siguiente: gastos médicos del usuario como hospitalización, intervención quirúrgica, enfermería, ambulancia, prótesis y medicinas; indemnización por incapacidad parcial o total, y gastos funerarios e indemnización en caso de fallecimiento.
METRO
La cobertura en el Metro asciende hasta los 325 mil pesos en caso de muerte, en gastos médicos es por 307 mil 38 pesos y en funerarios de 16 mil 825 pesos.
METROBÚS
En el caso del seguro del Metrobús, el monto máximo que cubre el seguro de responsabilidad civil del viajero es de 5,000 UMA (Unidad de Medida y Actualización), es decir, 422 mil pesos, aproximadamente.
RTP
La RTP es de los pocos medios de transporte que tiene un seguro con cobertura amplia, es decir, no sólo cubrirá lesiones y fallecimiento de alguno de los usuarios, así como los daños en bienes de terceros provocados por un accidente, sino que ampara hasta la pérdida de celular o un asalto.
Por fallecimiento la cobertura es de 22 mil pesos para gastos funerarios y además se ofrece a los beneficiarios una suma de 3 mil 160 días de UMA, aproximadamente 267 mil pesos, y se puede reclamar indemnización por daño patrimonial en el caso de por el accidente cuando se encuentre dentro de la unidad, el usuario no pueda seguir trabajando.
En el caso para reclamar la desaparición de un celular o cualquiern objeto mientras el usuario haya estado dentro de una unidad de la RTP, el afectado debe acudir a las oficina centrales para que sea canalizado con aseguradora y demuestre que dentro de la unidad perdió un artículo de valor; el monto que se otorgará no será a valor de nuevo, en el caso de los celulares, ya que se considera la depreciación de uso y desgaste.
Nota publicada en La Prensa