La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prohibió que el Registro Público de Agresores Sexuales de la Ciudad de México sea abierto y libre de consulta para la ciudadanía debido a que con ello se viola el derecho de presunción de inocencia, así como el derecho a la reinserción social de los involucrados, genera estigma y una doble pena para los sentenciados por delitos de feminicidio, violación, abuso y acoso sexual.
Sin embargo, este padrón de agresores sexuales seguirá vigente para que pueda ser consultado de manera privada entre instituciones y/o autoridades que se encarguen de investigar sobre este delito.
Puedes leer también: La SCJN considera que al dejar esta información para el libre acceso se estarían violando algunos derechos humanos
Además, se inscribirán a las personas a esta base de datos hasta que se le dicte sentencia condenatoria por dicho delito.
Lo anterior, debido a las polémicas que se habían generado alrededor de la creación de este registro como parte de las reformas a las leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal capitalino, a finales de 2021 y las impugnaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión de Derechos Humanos de la CDMX (CDHCDMX).
En entrevista con El Sol de México, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos local, Nashieli Ramírez Hernández, reiteró que el registro de agresores sexuales está ahí y no va desaparecer.
“La obligación de generar registros no nada más de agresores sexuales, sino de diferentes situaciones, lo tienen tanto las secretarías de seguridad ciudadana, como las procuradurías y fiscalías a nivel nacional dentro de las últimas modificaciones que se hicieron a todo lo que tenía que ver con el sistema penal en nuestro país”, dijo.
¿Para qué sirve este registro?
El Registro de Personas Agresoras Sexuales de la Ciudad de México es una plataforma de información que tiene la finalidad de identificar a las personas sentenciadas por delitos como feminicidios, violación (calificada, equiparada, simple y tentantiva), trata de personas, violación, abuso y acosos sexual.
De acuerdo a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la CDMX, se creó como un mecanismo de prevención y protección de las víctimas de violencia, así como para identificar a estas personas agresoras y atender el factor de riesgo de reincidencia.
Esta plataforma que se lanzó a finales de 2021 contemplaba el registro público de las personas con sentencia definitiva, en donde estarían públicos sus datos como nombre, edad, nacionalidad, alias y fotografía. Tras casi dos años de su puesta en marcha solo cuenta con 404 personas sentenciadas registradas por estos delitos, de los cuales solamente 123 cuentan con fotografía.
Ramírez explicó que la discusión se desarrolló en torno a si es o no legalmente factible que sea un registro público en nuestro país, ya que no solo viola el derecho a la reinserción social sino que implica una pena inusitada.
“Es decir, tú cometiste un delito, te juzgaron y te dieron cinco años de cárcel, eso fue tu pena, eso fue lo que se determinó jurídicamente lo que tienes que ser castigado y un registro público lo que hace es que tu pena no sea de cinco años, sino de toda la vida y esto también va en contra de derechos de niñas y niños”, señaló.
➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo
Detalló que si una niña o niño tiene un papá que es un agresor sexual y lo hacen público, nada va a detener que en la escuela lo señalicen como el hijo o hija del agresor sexual, recibirá discriminación y un castigo social que no merece recibir.
TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️
Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music