Día del Trabajo 1 de mayo: horarios del Metro y Metrobús en CDMX

Este 1 de mayo el Metro modificará su horario por ser día de descanso obligatorio

Mario Grimaldo / El Sol de México

  · sábado 27 de abril de 2024

¿Qué horario tendrán el Metro y Metrobús el 1 de mayo? Foto: Victoria Valtierra Ruvalcaba / Cuartoscuro.com

Este 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajo, fecha estipulada como día de descanso obligatorio de acuerdo con la La Federal del Trabajo (LFT). Por lo que dicho día muchos trabajadores de la Zona Metropolitana del Valle de México no laborarán, no obstante, habrán otros muchos que si necesitarán del transporte público para trasladarse a su trabajo, ¿qué horario tendrá el Metro y el Metrobús?

El Sistema de Transporte Colectivo (STC) o Metro, dio a conocer que este 1 de mayo el horario tendrá una pequeña modificación, pues abrirá sus puertas a las 7:00 horas en lugar de las 5:00 horas, por otro lado, a las 24:00 finalizarán sus operaciones del día.

¿Qué días de mayo no trabajan los bancos? Foto: Galo Cañas Rodríguez / Cuartoscuro.com

Cabe mencionar que también anunciaron que podrás ingresar con tu bicicleta, siguiendo las correspondientes medidas de seguridad estipuladas por el Metro.

Por otro lado, la otra gran vía de transporte que se usa en la Zona Metropolitana es el Metrobús, el cual tendrá un horario de 5:00 a 24:00 horas.

¿Qué horario tendrá el transporte en CDMX el 1 de mayo?

  • Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro 07:00 a 00:00 horas.
  • Metrobús 05:00 a 00:00 horas.
  • Red de Transporte de Pasajeros (RTP) 06:00 a 23:00 horas.
  • Trolebús 05:30 a 23:30 horas.
  • Tren Ligero 07:00 a 23:30 horas.
  • Cablebús 07:00 a 23:00 horas.
  • ECOBICI 05:00 a 00:30 horas.
  • RTP (Servicio de apoyo L1) 07:00 a 00:00 horas.
  • Metrobús (Servicio de apoyo L1) 07:00 a 00:00 horas.
  • Metrobús (Servicio de apoyo L9) 07:00 a 00:00 horas.
  • Biciestacionamientos 07:00 a 00:00 horas.

¿Cuánto te deben de pagar si trabajas el 1 de mayo?

En caso de que hayas acordado con tu patrón laborar el lunes 1° de mayo, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, loa trabajadores tienen el derecho de que se te pague lo siguiente:

  • El salario diario
  • Un salario doble por trabajar en un día de descanso obligatorio

1 de mayo. Foto: Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.