Por violencia de género no ratifican a dos magistrados

La no ratificación de los dos magistrados se debe aprobar por el Pleno hoy, por dos terceras partes de los diputados

Israel Zamarrón | El Sol de México

  · jueves 27 de febrero de 2020

Foto: @Congreso_CdMex

La ola feminista que lucha contra la erradicación de todos los tipos de violencia en contra de las mujeres se dejó sentir en el Congreso de la Ciudad de México y orilló a que por primera vez el Poder Legislativo de la ciudad decidiera no ratificar a magistrados del Tribunal Superior de Justicia capitalino, aunque todavía se tiene que ratificar esta determinación en el Pleno, hoy, jueves.

Tradicionalmente las ratificaciones de magistrados eran un mero trámite, pero ahora Héctor Jiménez López y Manuel Cavazos López, quienes desde este viernes podrían dejar el cargo, son los primeros magistrados en no ser ratificados. Los motivos que se consideraron en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia son de peso: ambos están señalados en casos de violencia de género.

Jiménez López fue descartado desde el arranque del proceso para ratificación por el Consejo de la Judicatura local, que propuso a los diputados no ratificarlo debido a su actuación en el caso de violencia en contra de Abril Pérez Sagaón, quien fue asesinada días después de que su exesposo Juan Carlos "N" saliera libre debido a que el magistrado cambió las medidas cautelares.

En el caso del magistrado Manuel Horacio Cavazos López la Comisión decidió no ratificarlo pese a cumplir con los requisitos; no era idóneo para el desempeño del cargo dado que hay una carpeta de investigación en la Fiscalía General de Justicia en la que fue denunciado por su pareja de presuntamente haber ejercido violencia sexual en contra de sus dos hijas menores de edad.

Al respecto el diputado Eduardo Santillán dijo: “no es función del Congreso determinar la responsabilidad penal de ningún funcionario que comparece en el Congreso, el Congreso es y seguirá siendo respetuoso tanto del debido proceso como de la presunción de inocencia, pero al mismo tiempo sobre el derecho de las víctimas y el interés superior de las y los menores. Deberán de ser las instancias correspondientes las que en su caso determinen la responsabilidad penal o no del magistrado, no es esta ni la vía ni la instancia para poder determinar una responsabilidad de esta naturaleza”.