Los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y de Género (Ecosig), también conocidos como terapias de conversión, serán un delito en la Ciudad de México que se castigará con penas de dos a cinco años de cárcel y de 50 a 100 horas de trabajo comunitario.
Así lo aprobó este viernes el Congreso capitalino al avalar con 49 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones las reformas al artículo 206 bis del Código Penal local para prohibir que una persona sea obligada a someterse a este tipo de métodos.
Los nueve votos en contra fueron de los diputados del PAN, América Rangel, Héctor Barrera, Diego Orlando Garrido, Gabriela Salido Magos, Christian von Roehrich y Patricia Báez; de los diputados de la alianza parlamentaria del Partido Encuentro Social, Fernando Aboitiz y Miguel Ángel Álvarez Melo y del morenista Efraín Morales.
Al presentar el dictamen en la sesión extraordinaria, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Eduardo Santillán, señaló que esta reforma “reconoce el derecho a determinar la libre orientación sexual”.
Por lo tanto, dijo, se reconoce que “ninguna persona, en respeto a esta libre capacidad de autodeterminación, puede ser obligada, bajo ninguna circunstancia, o presionada para modificar su preferencia u orientación sexual”.
El diputado morenista precisó que se castigará toda aquel tratamiento que se aplique de manera obligada a una persona y que “tiene por objeto modificar la identidad sexual de una persona, a través de mecanismos de violencia y actos crueles y denigrantes que van en contra de la dignidad humana”.
“De tal suerte que se salvaguarda la práctica médica profesional, de igual manera el acompañamiento espiritual o religioso” y que se asuma de manera voluntaria. La pena con cárcel será para las prácticas que “utilicen métodos violentos, especificándose violencia física, moral o psicoemocional, en donde hay tratos crueles o degradantes”, aclaró.
Víctor Manuel sobrevivió a una terapia
Cuando Víctor Manuel Ríos tenía 15 años, sus papás lo llevaron a un retiro espiritual a Oaxaca, su lugar de origen, para que pudiera replantearse su forma de cómo estaba asumiendo su sexualidad, pues recién acababa de compartirles que era homosexual.
“Estos espacios, quienes hemos sido vulnerables para ser llevados a estos lugares, somos las personas jóvenes y adolescentes, entre 14 a 15 años, porque no pueden tomar una decisión propia legalmente, los padres ejercen el discurso de que vives en mi techo, yo sé lo que es mejor para mí y tienes que hacer lo que yo te diga”, dijo Victor a El Sol de México.
“Celebro que se someta a votación y que se apruebe, es un paso enorme en materia de derechos humanos y un paso histórico para quienes formamos parte de la diversidad sexual”, expresó Victor.
La propuesta fue presentada por el diputado local de Morena, Temístocles Villanueva, en entrevista con El Sol de México, explicó que la tipificación de las terapias de conversión es una reforma contenida en el Código Penal, y se creará un nuevo capítulo de delitos contra el libre desarrollo de la personalidad.
“Lo que se sanciona es a las personas que impartan una terapia para cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona, además, que en estas terapias hagan uso de cualquier tipo de violencia: moral, física o psicoemocional o, por otro lado a quienes obliguen a las personas a tomar esta terapia”, detalló el legislador.
De esta manera quedará redactado el delito: Artículo 190- Quarter. A quien imparta u obligue a otro a recibir una terapia de conversión se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad. Este delito se perseguirá por querella.
¿Qué pasa con menores que se someten a estas prácticas?
Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.
“Si una persona por voluntad propia decide acercarse a estos ejercicios que desde mi punto de vista son charlatanerías porque no hay evidencia científica que demuestre que es posible que una persona deje de ser gay (homosexual), lesbiana, bisexual o trans lo puede hacer, claro, si esa persona decide denunciar que lo hizo libre, pero que en esta terapia padeció cualquier tipo de violencia se puede acreditar como un delito”, explicó el legislador.
En la comunidad
Inspira AC, una asociación que lleva a cabo acciones encaminadas a mejorar la salud de poblaciones en contextos de vulnerabilidad, ve la prohibición de las terapias, y servicios que ofrecen “curar” la orientación sexual, como un paso muy importante para una lucha mucho más profunda y larga. El derecho a ser nombradas, reconocidas, y tratadas como personas.
"Estas prohibiciones por parte del Estado son fundamentales para la protección de cientos de personas; niños, niñas, adolescentes, hasta adultos que, por una serie de circunstancias, llegan, o son obligadas, a pasar por estos espacios. Esto no quiere decir que los factores culturales, sociales y políticos que respaldan y reproducen los discursos de odio que construyen estas terapias desaparezcan de un día para el otro", explicaron.
Para la Casa de las Muñecas Tiresias A.C la terapia de conversión sexual reparativa o de deshomosexualización como en algunos casos la llamaron, es una intervención poco ética, poco humana y sensible a la orientación sexual, a la identidad de género y a la expresión de género de cualquier individuo.
"Las políticas públicas en relación a este tipo de intervenciones han generado que se anulen, pero que aún persista en idiosincrasias machistas y heteronormadas, en padres de familia que por ignorancia las realizan, en personal religioso que por interpretaciones subjetivas motivan a grupos que están en desacuerdo con la diferencia a visualizar una alternativa de enderezar lo que consideran torcido", condenaron.
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