México.- El Instituto Nacional de Transparenciaordenó a la Procuraduría General de la República (PGR)entregar “el reporte completo de los bienes muebles e inmuebles,decomisados a Joaquín Guzmán Loera, alias “El Chapo”, a lolargo de su historia delincuencial,
Ante la negativa a informar de la PGR, el solicitantese inconformó ante el INAI y el expediente fue turnado alcomisionado Francisco Javier Acuña, quien durante el análisisrecordó que “independientemente de las averiguaciones y losresultados, la PGR pone bajo resguardo del Servicio deAdministración y Enajenación de Bienes (SAE), los bienesasegurados, para lo cual realiza inventarios.
Señaló que “la solicitud es un pliego enorme quereclama de cada mueble, si hay joyas, si se refiere a toda latipología de muebles imaginables, vehículos, si se trata deinmuebles, terrenos, si son fincas tal o cual tipo, en fin, esenorme la lista, y por eso la obviamos con que es un informehistórico de los bienes, muebles e inmuebles asegurados a estereconocido delincuente”.
“Se trata de todo su historial, pues en este caso,desde sus detenciones allá por los años del 93, su detención enGuatemala y luego su evasión, la primera evasión del Centro deReadaptación Social de Puente Grande, después la picarescallamada ‘puerta grande’, a raíz de este escape.
Precisó que, ante la solicitud “la PGR soloentregó el listado de los bienes decomisados a Guzmán Loera,cuando fue capturado en 2014, el particular se inconformó anteel INAI y en alegatos, la Procuraduría refirió que cualquier otrainformación, forma parte de la averiguación previa que siguecontra Guzmán Loera.
“El caso está en que la respuesta fue minimalista,la PGR se conformó en darle solamente, un cuadro estadístico, quesí señala bienes muebles, pero sólo del 2014 para acá, esdecir, de su reaprehensión cuando fue ya instalado en el Centro deReadaptación Social (Del Altiplano).
“Así es que la PGR, no entregó la totalidad de lainformación solicitada y únicamente se hizo entrega de un cuadroestadístico de los bienes asegurados, correspondiente a la últimadetención, que ya dijimos es en 2014, faltando la informacióndesde junio de 1993”.
El comisionado Acuña agregó “aquí hay unacuestión que me importa mucho decir, porque de conformidad con elanálisis normativo realizado, es dable señalar que la PGR, comoautoridad transferente, tiene a su cargo enviar bienes al SAE, paraque se realicen las actividades de recepción, verificaciónfísica, inventario, comercialización y cualquier otra actividadnecesaria coordinada o no, con la entidad transferente.
“Y esto es bien importante, esa solicitud debecontener el procedimiento penal federal, al que se encuentranafectos los bienes, el tipo de bien, inventa rio y por supuesto, laubicación, así como la documentación relacionada con elaseguramiento.
Agregó que “no hay argumento de peso, parasostener que esa relación de bienes, sea parte de unaAveriguación Previa porque eso es independiente, la relaciónasí, fría, dura, concreta de los bienes como tales y sunaturaleza o su tipología, no pueden ser consideradas por símismos como parte de una Averiguación”.
Por todo lo anterior, el pleno del INAI, porunanimidad, modificó la respuesta de la PGR y le ordenó que, unavez localizada toda la información requerida, haga entrega de lamisma, al recurrente en los términos en los cuales obra en susarchivos.
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