El Sexto Tribunal Unitario del Segundo Circuito ordenó laliberación de los soldados Fernando Quintero Millán, RobertoAcevedo López y Leobardo Hernández Leónides, al absolverlos delos delitos de homicidio, encubrimiento (en la modalidad dealteración) y modificación ilícita de vestigio del hechodelictivo, por los sucesos ocurridos el 30 de junio de 2014, en elmunicipio de Tlatlaya, Estado de México.
La resolución judicial (Toca Penal 247/2015) emitida en estafecha, desestimó los elementos de prueba aportados por elMinisterio Público de la Federación para demostrar laculpabilidad de Quintero Millán, Acevedo López y HernándezLeónides en los hechos referidos.
Conforme al marco legal vigente, la Procuraduría General de laRepública (PGR) acata esta resolución judicial. Sin embargo, elMinisterio Público de la Federación considera haber ofrecido loselementos de prueba suficientes para procesar a los tres elementosmilitares.
Con la resolución judicial a su favor, los tres elementoscastrenses serán puestos en libertad de la reclusión en quepermanecían en la Prisión Militar Número 1-A en la Ciudad deMéxico.
Los tres elementos del Ejército eran los únicos queenfrentaban proceso penal en el fuero civil, pues otros cuatroquedaron en libertad.
En total, siete elementos fueron juzgados en el fuero de guerra,y sólo uno de ellos fue sentenciado a un año de prisión alencontrarlo responsable del delito de desobediencia.
Como se recordará, la madrugada del 30 de junio de 2014militares realizaban un recorrido de seguridad en el poblado de SanPedro de los Limones, en Tlatlaya, donde detectaron a un grupo desujetos armados dentro de una bodega.
Supuestamente al verse descubiertos, los presuntos delincuentesdispararon contra personal militar, lo que generó unabalacera.
Una sobreviviente declaró que una vez que los sospechosos serindieron y depusieron las armas, los militares los sometieron yejecutaron a algunos de ellos, lo cual no logró acreditárselescon las pruebas aportadas por la PGR.