/ viernes 19 de agosto de 2016

Otorgan suspensión provisional a Medina; no puede salir del país

El Segundo Tribunal Colegiado, en Materia Penal, del CuartoCircuito, concedió la suspensión provisional del amparo otorgadoal exgobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina, solicitado para elúnico efecto de que no sea detenido hasta en tanto no se resuelvala suspensión definitiva, por lo que quedará a disposición delJuez de Distrito por lo que a su libertad personal se refiere.

Y estará a disposición del Juez de Control responsable para lacontinuación de la etapa de investigación derivada de lavinculación a proceso, ante quien deberá comparecer a todas lascitaciones y requerimientos que se le formulen, cuyo incumplimientopuede traer la revocación del beneficio concedido.

Lo anterior se resolvió al declarar fundado el recurso de queja59/2016 interpuesto por exmandatario neolonés, indicó una tarjetainformativa del Consejo de la Judicatura Federal.

Los magistrados federales condicionaron la medida suspensional ala exhibición de una garantía por la cantidad de 50 mil pesos encualquiera de las formas establecidas por la ley y dentro deltérmino legal establecido, además de que se impuso como medidacautelar la prohibición de salir del país sin la autorizacióndel Juez de Distrito y del Juez de Control responsable.

Es de señalar que el quejoso promovió el recurso de quejacontra la negativa de la suspensión provisional decretada elpasado 15 de agosto por el Juez Segundo de Distrito en MateriaPenal en el estado de Nuevo León, en el juicio de amparo 461/2016,respecto del auto de vinculación a proceso emitido por el Juez deControl de la entidad, iniciado por la posible comisión del delitode Ejercicio Indebido de Funciones Públicas.

Delito previsto por el artículo 208, fracciones VIII, incisosc) y d) y, sancionado por el último párrafo de dicho numeral delCódigo Penal del Estado.

El Segundo Tribunal Colegiado, en Materia Penal, del CuartoCircuito, concedió la suspensión provisional del amparo otorgadoal exgobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina, solicitado para elúnico efecto de que no sea detenido hasta en tanto no se resuelvala suspensión definitiva, por lo que quedará a disposición delJuez de Distrito por lo que a su libertad personal se refiere.

Y estará a disposición del Juez de Control responsable para lacontinuación de la etapa de investigación derivada de lavinculación a proceso, ante quien deberá comparecer a todas lascitaciones y requerimientos que se le formulen, cuyo incumplimientopuede traer la revocación del beneficio concedido.

Lo anterior se resolvió al declarar fundado el recurso de queja59/2016 interpuesto por exmandatario neolonés, indicó una tarjetainformativa del Consejo de la Judicatura Federal.

Los magistrados federales condicionaron la medida suspensional ala exhibición de una garantía por la cantidad de 50 mil pesos encualquiera de las formas establecidas por la ley y dentro deltérmino legal establecido, además de que se impuso como medidacautelar la prohibición de salir del país sin la autorizacióndel Juez de Distrito y del Juez de Control responsable.

Es de señalar que el quejoso promovió el recurso de quejacontra la negativa de la suspensión provisional decretada elpasado 15 de agosto por el Juez Segundo de Distrito en MateriaPenal en el estado de Nuevo León, en el juicio de amparo 461/2016,respecto del auto de vinculación a proceso emitido por el Juez deControl de la entidad, iniciado por la posible comisión del delitode Ejercicio Indebido de Funciones Públicas.

Delito previsto por el artículo 208, fracciones VIII, incisosc) y d) y, sancionado por el último párrafo de dicho numeral delCódigo Penal del Estado.

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