México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)solicitó a la Secretaría de Educación Pública (SEP), encoordinación con gobiernos de cinco entidades, la implementaciónde medidas cautelares en favor de niñas, niños yadolescentes que garanticen el ejercicio y vigencia de susderechos.
Lo anterior, con el fin de prevenir posibles afectacionesde difícil reparación al derecho humano a la educaciónde la niñez que habita en las entidades federativas de Chiapas,Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Ciudad de México.
A través de un escrito dirigido al secretario de EducaciónPública, Aurelio Nuño Mayer, le solicitan que segarantice el bien superior de los infantes ante el inminente iniciodel ciclo escolar 2016-2017.
Ello, en virtud de las diversas advertencias que han reflejadoalgunos medios de información en el sentido de que los líderesde la Coordinadora Nacional de Trabajadores de laEducación (CNTE) habrían acordado no regresar el este lunes aclases, día en el que principia el ciclo escolar, por loque cerrarían escuelas en Chiapas, Guerrero, Michoacán, Oaxaca,además de la Ciudad de México.
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Al respecto, la CNDH dirigió esta solicitud para la adopciónde medidas cautelares, tomando en consideración que el derechohumano a la educación contribuye, en gran medida, aldesarrollo integral de la infancia, así como el deber del Estadopara adoptar todas las medidas a su alcance para brindar la debidaprioridad al interés superior de la niñez, tomando enconsideración que las afectaciones que se causan al derecho a laeducación inciden en el ejercicio de los demás derechos queasisten a niñas, niños y adolescentes.
Las características de estos derechos humanos han sidorecogidas en diversos instrumentos de carácter internacional,los cuales complementan lo dispuesto por el artículo 3°constitucional, es el caso de los artículos 2 en su párrafoprimero y 13 del Pacto Internacional de Derechos EconómicosSociales y Culturales; el artículo 13 del Protocolo deSan Salvador; así como 28 de la Convención sobre los Derechos delNiño.
Mientras que el interés superior de la niñez,consagrado en el artículo 4° de la ConstituciónPolítica, es recogido por el art. 3 de esa últimaConvención.
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En otras ocasiones, la CNDH se ha ocupado de la protección delderecho humano a la educación, como es el caso de laRecomendación 41/2014, emitida el 29 de agosto de 2014, en la cualse retoman importantes criterios de la Observación General No.13, “El Derecho a la Educación”, adoptada por elComité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, y en la cualse reconoce que la educación constituye un medio indispensablepara disfrutar de otros derechos humanos.
Ésta corresponde al ámbito de la autonomía de lapersona, y constituye el principal vehículo por el que adultos yniños marginados, económica y socialmente puedan salirde la pobreza y participar plenamente en sus comunidades.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos confía en elentendimiento y reconoce al diálogo como el mejor instrumento paraalcanzar los acuerdos que favorezcan la satisfacción y respeto delderecho humano a la educación de la niñez; y semantendrá pendiente de los acuerdos que se alcancen en beneficiode las niñas, niños, adolescentes, sus familias y la sociedad ensu conjunto.
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