El pleno del Senado de la República aprobó reformas a la LeyGeneral de Víctimas para actualizar y fortalecer ese ordenamiento,modificar aspectos que impiden su correcto funcionamiento yfacilitar el acceso a recursos y fondos de emergencia, así comopara atender a las poblaciones de desplazados.
Con 77 votos a favor y nueve en contra, en la sesión seaprobaron en lo general las reformas que establecen que laComisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) dejará de serun órgano colegiado, el cual estará a cargo de un comisionadoEjecutivo con amplio reconocimiento en la defensa y la protecciónde los derechos humanos.
Se propone que el comisionado tenga a su cargo la designaciónde las personas responsables del Fondo de Recursos, la AsesoríaJurídica y el Registro Nacional de Víctimas.
Será nombrado por el Ejecutivo federal, previa consultapública entre colectivos de víctimas y especialistas que trabajenen la atención a esas personas y deberá ser ratificado por elvoto de las dos terceras partes de los presentes en sesiónordinaria del Senado de la República.
También se elimina la existencia de los comités de estructuray se determina la del Comité Interdisciplinario Evaluador, quetendrá facultades para elaborar los proyectos de dictamen y deacceso a los recursos, así como para la creación de fondos deemergencia.
La propuesta además prevé que, para garantizar la efectividadde las acciones del gobierno a favor de las personas en situaciónde víctima, los distintos actores sociales participen en laelaboración de la política pública.
Con ello se busca que sea abierta y transparente la aplicaciónde las directrices de atención y el ejercicio de los recursospúblicos destinados a la ayuda, asistencia y reparaciónintegral.
Se concibe con ese objetivo la creación de una AsambleaConsultiva que funcionará como un órgano de opinión y asesoríade las acciones, políticas públicas, programas y proyectos quedesarrolle la CEAV y estará integrada por nueve representantes decolectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil yacadémicos.
Por otro lado, se flexibilizan los mecanismos de acceso a losrecursos del fondo y se fortalece el otorgamiento de medidas deayuda, ayuda inmediata, asistencia, atención y rehabilitación queson necesarias y urgentes para subsanar las necesidades diarias delas víctimas y que hoy se encuentran sujetos a mecanismosburocráticos.
Para lo anterior se plantea que los recursos de ayuda y adiversos gastos como alimentación, hospedaje y transportaciónsean concebidos como gastos operativos ordinarios que permitan alas víctimas obtener una atención inmediata, adecuada yefectiva.
El dictamen establece la obligación de las entidadesfederativas de contar con un fondo de ayuda, asistencia yreparación integral, asesoría jurídica y un registro devíctimas, con lo cual la CEAV y las Comisiones Ejecutivas de losestados puedan, con cargo al Fondo Federal o a los fondos estatalessegún corresponda, proporcionar recursos de ayuda.
También para que entreguen la compensación subsidiaria avíctimas del fuero común, a efecto de garantizar sus derechoscuando la entidad federativa lo solicite por carecer en el momentode la disponibilidad presupuestaria necesaria.
Respecto al fenómeno de desplazamiento interno que se registraen el país, el proyecto propone que la ley atienda y proteja, apartir de un enfoque diferencial, los derechos de las víctimas deese problema.
La Ley General de Víctimas deberá dar atención inmediata alas poblaciones víctimas de desplazamiento para cubrir susnecesidades prioritarias.
Para garantizar el derecho de las personas migrantes y de lasvíctimas de desplazamiento interno éstas deberán ser atendidascon base en un enfoque diferencial y especializado, que prevea demanera particular las principales afectaciones y consecuencias deesos grupos vulnerables.
En otro tema se propone que las autoridades de todos losámbitos de gobierno actúen conforme a los principios y criteriosestablecidos en la ley pues, en caso contrario, quedarán sujetos alas responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hayalugar.
Las modificaciones a ese ordenamiento incluyen el interéssuperior de la niñez como principio rector en congruencia con laLey General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.